DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA RECHAZO A TODA INICIATIVA DE PRIVATIZACIÓN DEL SISTEMA NUCLEAR ARGENTINO
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Ley 24804: Establece el Régimen de la Actividad Nuclear.
Ley 25018: Dispone la creación de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima como empresa de capital estatal.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
Argentina.gob.ar: Comunicado gubernamental, 16 de septiembre de 2025.
https://www.argentina.gob.ar/noticias/el-gobierno-avanza-en-la-privatizacion-arcial-de-nucleoelectrica-argentina-sa
FUNDAMENTOS
El Sistema Nuclear Argentino constituye uno de los patrimonios más valiosos de nuestro país y es fruto de un esfuerzo colectivo de más de setenta y cinco años. Desde la creación de la Comisión Nacional de Energía Atómica en 1950, la Argentina ha desarrollado un entramado científico, tecnológico e industrial de enorme trascendencia, reconocido en todo el mundo por su capacidad de generar conocimiento propio, formar recursos humanos altamente especializados y sostener proyectos de avanzada como el CAREM-25, primer reactor modular de potencia íntegramente diseñado en nuestro país y uno de los primeros de su tipo en todo el mundo.
Las centrales nucleares Atucha I, Atucha II y Embalse, junto con los proyectos de investigación y desarrollo asociados, son parte de un sistema que garantiza soberanía energética, diversificación de la matriz de generación y estabilidad en el abastecimiento de electricidad. En tiempos de emergencia climática, la energía nuclear es una de las pocas fuentes capaces de producir grandes volúmenes de energía de manera continua, con bajas emisiones de carbono, contribuyendo a mitigar el cambio climático y asegurar un futuro más sustentable.
No se trata únicamente de energía. Se trata de la defensa de un bien estratégico para la Nación. La experiencia internacional demuestra que la gestión privada en el ámbito nuclear, al perseguir la maximización de ganancias, puede derivar en la reducción de inversiones en mantenimiento, innovación o estándares de seguridad. Minimizar costos en un sector de estas características no sólo compromete la eficiencia del sistema, sino que puede acarrear riesgos graves e irreversibles para la población y el ambiente. En cambio, el Estado, como garante del interés general, tiene como principal objetivo la seguridad, la protección y el bienestar de su pueblo.
La dimensión jurídica y política de este debate también es ineludible. La Constitución Nacional, al igual que la Carta Orgánica Municipal de Bariloche, reconoce la responsabilidad indelegable del Estado en la protección de bienes estratégicos y en la preservación del interés colectivo frente a intereses particulares. A ello se suma la pertenencia de nuestro país al Tratado de No Proliferación Nuclear, que impone estrictos controles estatales sobre los materiales y tecnologías sensibles, lo que refuerza la imposibilidad de delegar estos aspectos a actores privados sin comprometer la seguridad nacional e internacional.
Privatizar parcial o totalmente el Sistema Nuclear Argentino no sólo implica un retroceso en términos de soberanía, sino también un riesgo directo para la seguridad y el desarrollo científico. Ni los montos millonarios que se mencionan como posibles ingresos por su venta pueden equiparar el valor estratégico, tecnológico y humano acumulado durante décadas. El conocimiento construido, la infraestructura desplegada y la experiencia de nuestras y nuestros profesionales constituyen un capital que no tiene precio y que debe preservarse íntegramente en manos del Estado.
Por todo lo expuesto, resulta indispensable declarar al Sistema Nuclear Argentino como bien público, estratégico y no enajenable, reafirmando que no puede ser objeto de privatización bajo ninguna modalidad. Su preservación es una condición necesaria para garantizar la soberanía energética de la Nación, la continuidad del desarrollo científico y tecnológico, y la protección de las generaciones presentes y futuras.
AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).
COLABORADOR: Claudio Padra.
El proyecto original N.º 434/25, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 30 de octubre de 2025, según consta en el Acta N.º 1211/25. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
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Art. 1°) |
Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional el rechazo a toda iniciativa que implique la privatización, parcial o total, del Sistema Nuclear Argentino, por ser un bien público, estratégico y no enajenable, reafirmamos la necesidad de que permanezca bajo control exclusivo del Estado Nacional en resguardo de la soberanía energética, la seguridad nuclear y el patrimonio científico y tecnológico construido por nuestro país. |
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Art. 2°) |
Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional la más enérgica oposición a toda iniciativa que pretenda la privatización, parcial o total, de Nucleoeléctrica Argentina S.A. o de cualquier organismo, central nuclear o proyecto vinculado al sector nuclear, en particular el CAREM-25, considerado estratégico a nivel mundial. |
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Art. 3°) |
Se remite copia de la presente al Poder Ejecutivo Nacional, a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y a las autoridades provinciales de Río Negro. |
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Art. 4°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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