COMUNICACION N° 668-CM-10

 

 

DESCRIPCION SINTETICA COMUNICAR AL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION LA NECESIDAD DE PRORROGAR IMPLEMENTACION RESOLUCIONES 230 Y 309.

 

 

ANTECEDENTES

 

Resolución 230 y 309, del 11 de febrero de 2010, del Consejo Provincial de Educación.

 

FUNDAMENTOS

 

El Centro de Formación Profesional N° 1, Escuela de Hotelería, funciona como experiencia educativa en nuestra ciudad desde hace diez años y el éxito de esta experiencia le ha permitido ir creciendo en alumnado y ampliar progresivamente su proyecto con nuevos niveles y carreras.

 

En este Centro se dictan en la actualidad Cursos de Formación Profesional, la Carrera de Técnico de Nivel Medio en Hotelería y Gastronomía y Tecnicaturas de Nivel Superior.

 

El Consejo Provincial de Educación ha evaluado conveniente normalizar la situación de este Centro, valorando como exitosa la experiencia desarrollada a lo largo de estos diez años. En este sentido, la comunidad educativa en su conjunto y la ciudadanía de San Carlos de Bariloche celebra que este proyecto obtenga el reconocimiento que se merece.

 

Sin embargo, la forma y los tiempos que se proponen para esta normalización resultan demasiado traumáticos tanto para la tranquilidad laboral de los docentes como para la continuidad del proyecto educativo, en virtud de que son esos mismos docentes los que cotidianamente lo construyen y lo hacen realidad.

 

La implementación de las resoluciones del CPE 230 y 309, citadas en los antecedentes, aplicadas para el presente ciclo lectivo, entorpecerán el normal inicio de clases toda vez que podrían producir un recambio total en la planta de personal de la escuela con lo que nos encontraríamos ante un equipo docente que desconocería el proyecto que se ha evaluado como exitoso.

 

Asimismo, esta aceleración de los tiempos administrativos implicará para algunos docentes que tienen una importante carga horaria en la escuela, una situación de reacomodamiento laboral que pondrá en riesgo su economía familiar.

 

En este sentido, del mismo modo que se ha evaluado la necesidad de que el equipo directivo continúe un año más en el ejercicio de sus funciones, consideramos que debe darse el mismo plazo a los docentes a cargo del dictado de clases, con los siguientes argumentos:

a.   Dar una oportunidad diferencial a los docentes que se desempeñan en cargos directivos respecto de los que se encuentran en otras funciones podría constituir un acto de discriminación que vulneraría derechos laborales;

b.  La continuidad del Proyecto Educativo no está de ningún modo garantizada por dos o tres personas sino que depende del conjunto de los docentes que lo llevan adelante, que lo implementan cotidianamente, que construyen el saber con los alumnos;

 

El plazo de un año permitirá planificar las acciones educativas en vistas a esta normalización y permitirá a los docentes prepararse para las nuevas condiciones laborales a las que deberán enfrentarse a partir de la aplicación de las resoluciones mencionadas.

 

 

AUTORA: Concejal Lic. Arabela Carreras (FPV- SUR).

 

COLABORADORES: Teresa Schunk (Secretaria Bloque SUR-FpV), Daniel Sanguinetti (Asesor Bloque SUR-FpV).

 

 

El proyecto original Nº 557/10 fue aprobado en la sesión del día 4 de marzo de 2010, según consta en el Acta Nº 942/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACION

 

 

Art.  1°)

Se comunica al Sr. Presidente del Consejo Provincial de Educación la necesidad de prorrogar por un año la implementación de las resoluciones 230 y 309, del 11 de febrero de 2010, dando continuidad, por este plazo, al plantel docente del establecimiento.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.