DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ORDENA PUBLICACIÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA 3564 -CM-25.



ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Resolución 462-CM-15. “Reglamento interno del Departamento Deliberante de San Carlos de Bariloche”.

Ordenanza 3564 -CM-25. “Se modifica anexo ordenanza 2747-CM-16”.



FUNDAMENTOS

En la Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante celebrada el día 18 de diciembre del corriente año, se sancionó la Ordenanza 3564-CM-25 “Se modifica anexo ordenanza 2747-CM-16”.

Se observa que se incurrió en el error de solamente mencionar y no aprobar expresamente el Anexo I que adjunta, lo que resulta necesario para que el mismo sea parte de la ordenanza, y para que cumpla con su cometido, que es reemplazar el Anexo I de la ordenanza 2747-CM-16

Por tanto, en atención a las facultades otorgadas por el Artículo 9°inciso z) del Reglamento Interno de este Concejo Municipal se ordena la siguiente fe de erratas.
 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “z” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1°)

Se ordena la publicación de Fe de Erratas del artículo 1° de la Ordenanza 3564-CM-25, sancionada el día 18 de diciembre del año 2025, donde dice “adjunto a la presente” debe decir “que se adjunta y aprueba en la presente”.

Art. 2°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la Fe de Erratas que se adjunta como anexo I de la presente.

Art. 3°)

La presente resolución se aprueba ad referéndum en la próxima Sesión Ordinaria del Concejo Municipal.

Art. 4°)

Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

San Carlos de Bariloche, 7 de enero de 2026

GRDR/GP/sag

 

ANEXO I

 

PODER LEGISLATIVO MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN 004-CM-2026.

 

Mediante Resolución 004-CM-2026, el Presidente del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche ordena la publicación de Fe de Erratas del artículo 1° de la Ordenanza 3564-CM-25, sancionada el 18 de diciembre de 2025, donde dice “adjunto a la presente” debe decir “que se adjunta y aprueba en la presente.”