DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RENUEVA CONTRATO PARA EL DEPARTAMENTO DESPACHO Y ADMINISTRACIÓN A LA SRTA SOL ALEJANDRA GARCÍA, CATEGORÍA 12.

ANTECEDENTES:

 

Ordenanza 137-CM-88: Estatuto de Obreros y Empleados Municipales de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Resolución 462-CM-15: Reglamento Interno del Departamento Deliberante y sus modificatorias.

 

Resolución 618-CM-19: Organigrama del Concejo Municipal y sus modificatorias.

Resolucion 052-PCM-2022.

 

Nota N°119-SLV-2022 de fecha 22/12/2022 la Secretaria Legislativa del Concejo Municipal.

 

FUNDAMENTOS:

 

Por resolución 052-PCM-22 se contrató a la agente municipal Sol Alejandra Garcia NI 33.314.866 legajo 15051, para cumplir la función de administrativa en el Departamento de Despacho y Administración del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, la que desempeña con eficiencia y eficacia desde el 07/03/2022.

 

Dado que resulta indispensable contar con una persona que tenga experiencia en las tareas a encomendar y que sea profesional en el cargo a cubrir, por nota 119-SLV-2022 de fecha 22/12/2022, la secretaria legislativa del Concejo Municipal, autoriza la renovación del contrato de la agente Sol Alejandra García DNI 33.314.866 desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2023, para desempeñarse como administrativa en el Departamento de Despacho y Administración del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.175.1 (RRHH).

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

ART.1º) Se renueva el contrato desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2023 a la agente Sol Alejandra Garcia DNI 33.314.866, legajo 15051, con categoría 12, para desempeñarse como administrativa en el Departamento Despacho y Administración dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.

Art. 2.º) Se comunica la presente resolución al Departamento de Sueldos y Personal a las áreas interesadas.

 

Art. 3.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.175.1 (RRHH).

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 23 de diciembre 2022.-

NSA/CRH/sag

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1982 - 40 años de la gesta de Malvinas- 2022

Malvinas y Soberanía

(Ordenanza 3302-CM-22)

 

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

 

 

 

 

No a la violencia de género. Ni una menos. (Ordenanza 3029-CM-18

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por la Sra. NATALIA SOLEDAD ALMONACID DNI 32574693, en lo sucesivo “EL CONCEJO”, con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro y por otro la Srta. SOL ALEJANDRA GARCÍA DNI 33314866 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en barrio El Cóndor casa 71, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, denominado “ LA CONTRATADA” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 360-PCM-22, o habiendo cesado las mismas.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive; para cumplir funciones de auxiliar administrativa en el Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal. LA CONTRATADA reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informada y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporaria que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal municipal.------------------------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará a LA CONTRATADA una remuneración mensual equivalente a la categoría 12 del escalafón Municipal; siendo dicha retribución de $ 88.575,82 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados municipales.---------------------------------------------------------------------------

QUINTA: LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: LA CONTRATADA queda sometida a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-CM-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución de LA CONTRATADA estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.----------------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte de LA CONTRATADA de sus obligaciones, dará derecho a EL CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna y sin derecho a resarcimiento--------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 365 días a partir del 01/01/2023, operando en consecuencia el vencimiento el 31/12/2023 fecha en la cual quedar extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a LA CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: LA CONTRATADA queda expreso y debidamente preavisado de la terminación de este contrato, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.--------------------------------------------------

DECIMO PRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las notificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra. Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 23 días del mes de diciembre de 2022.

Firma de la Contratada

SOL ALEJANDRA GARCÍA

DNI 33314866