DECLARACIÓN N° 1268-CM-07
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL EL 50 ANIVERSARIO DE LA C.E.B.
ANTECEDENTES
Nota de fecha 7 de marzo de 2007 del Vicepresidente de la Cooperativa de Electricidad Bariloche, Sr. Rodolfo Vázquez, en la que solicita se declare de interés municipal.
Ordenanza 704-CM-97, artículo 2, incisos a) y b) que reglamenta las declaraciones de interés.
La Resolución 059-PCM-07, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.
FUNDAMENTOS
La Cooperativa de Electricidad Bariloche comenzó a gestionar la distribución de energía eléctrica en nuestra ciudad el 4 de abril de 1957, con tal motivo tendrá lugar una serie de actividades durante todo el mes de abril de 2007, al cumplirse el 50 aniversario.
Se contará entre otras actividades: Muestra en el S.C.U.M.; un Congreso Federal de Cooperativas de Río Negro; actividades deportivas y agasajos en general.
La Cooperativa de Electricidad Bariloche Limitada, desde su conformación establece en su Estatuto que fue conformada para la provisión de energía eléctrica y otros servicios públicos y/o comunitarios dentro del Municipio de San Carlos de Bariloche.
Se adjunta copia de Actas y Estatutos de creación y objetivos de la Cooperativa de Electricidad Bariloche Limitada, como así también el programa general de actividades.
AUTORES: Comisión Legislativa.
INICIATIVA: Sr. Rodolfo Vázquez y Sra. Liliana De Clementi, en representación de la Cooperativa de Electricidad Bariloche.
La Resolución N° 059-PCM-07, con la modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 22 de marzo de 2007, según consta en el Acta N° 875/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art.17 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
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Art. 1°) |
Declarar Evento de Interés Municipal el programa de actividades en conmemoración del 50 Aniversario de la Cooperativa de Electricidad Bariloche, a desarrollarse durante todo el mes de abril de 2007.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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Libertad de información