DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE LLAMA AUDIENCIA PÚBLICA PROYECTO 591/22:SE APRUEBA PRESUPUESTO MUNICIPAL 2023, Y PROYECTOS 622/22: SE APRUEBA Y REEMPLAZA EL ANEXO I DE LA ORDENANZA 2374-CM-12 Y 623/22: SE APRUEBAN Y REEMPLAZAN LOS ANEXOS I Y II DE LA ORDENANZA 2375-CM-12

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal, Segunda Parte, Título Primero, Sección Primera, Capítulo Único, artículo 29, inciso 2 y 39 y Segunda Parte, Título Sexto, Sección Única, Capítulo III, artículo 111° y Capítulo VI artículos 128º y 130º.

 

Ordenanza 1611-CM-06: Proceso presupuestario de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, artículo 19.

 

Ordenanza 2375-CM-12: Ordenanza Tarifaria.

 

Ordenanza 2374-CM-12: Ordenanza Fiscal.

 

Ordenanza 1744-CM-07: Reglamentación de Audiencias Públicas.

 

Proyecto de ordenanza 591/22: “Se aprueba presupuesto municipal 2023”.

 

Proyecto de ordenanza 622/22: “Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12”.

 

Proyecto de ordenanza 623/22: “Se aprueban y remplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12”.

 

Resolución 649-CM-2021.

 

Resolución 652-CM-2021.

 

Acta 119-2022 de fecha 16/11/2022 de Comisiion Legisaltiva del Concejo Municipal

 

FUNDAMENTOS

 

En la Carta Orgánica Municipal se establecen los mecanismos para garantizar la participación ciudadana, como es la Audiencia Pública para determinadas cuestiones de relevancia y trascendencia para la ciudad. La importancia de esta herramienta se vincula necesariamente a subrayar los canales de comunicación entre la sociedad y las acciones de gobierno.

 

El presupuesto municipal resulta de particular interés, puesto que representa la traducción en términos financieros, del perfil de gobierno para la ejecución de acciones durante el próximo período. Esta temática interesa a la ciudadanía en general, además de los miembros del Concejo Municipal y Tribunal de Contralor. En el presupuesto de la administración pública municipal para el ejercicio 2023 presentado, se estiman los gastos corrientes, de capital y deuda pública para la administración municipal en pesos veintiún mil seiscientos ochenta y siete millones trescientos tres mil seiscientos setenta y tres ($21.687.303.673). Asimismo, el cálculo de recursos para afrontar dichos gastos ascienden a pesos veintiún mil seiscientos ochenta y siete millones trescientos tres mil seiscientos setenta y tres ($21.687.303.673).

 

El artículo 19.° de la ordenanza 1611-CM-06, que establece el proceso presupuestario municipal, dispone: “Previo al tratamiento del Presupuesto Anual del Municipio en el ámbito de la Comisión de Economía, Hacienda, Finanza y Desarrollo Económico del Concejo Municipal se dará a conocer su contenido mediante aviso público que incluirá un sumario general y una comunicación donde consten los lugares y horas en los que el público pueda inspeccionar ejemplares del mensaje y del presupuesto. Asimismo y conjuntamente llamará a una audiencia pública que deberá efectuarse dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de publicación. Dicha audiencia deberá realizarse de acuerdo al procedimiento indicado en la ordenanza que reglamente esta materia. Después de realizada la audiencia pública el Concejo tratará el expediente en la Comisión respectiva y lo elevará al cuerpo para su tratamiento en sesión. El mismo podrá ser aprobado con o sin modificaciones. El Concejo Municipal sancionará el presupuesto con anterioridad al 31 de diciembre de cada año. El presupuesto sancionado, una vez promulgado deberá ponerse a disposición de la población en lugares adecuados del Municipio y de fácil acceso a la población, así como publicarse en los sitios web oficiales”.

 

Asimismo, el artículo 111.º de la Carta Orgánica Municipal (COM), reza: “Previamente al tratamiento del presupuesto, el Concejo Municipal dará a conocer su contenido mediante aviso público que incluirá un sumario general y una comunicación donde consten: 1) Los lugares y horas en los que el público pueda inspeccionar ejemplares del mensaje y del presupuesto. 2) El lugar y la hora de una audiencia pública sobre el presupuesto, que deberá efectuarse dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de publicación. Después de realizada la audiencia pública el Concejo aprobará el presupuesto con o sin modificaciones. El presupuesto aprobado deberá ponerse a disposición de la población en lugares adecuados del Municipio”.

 

Por otra parte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 128° de la COM: “Se consideran servicios públicos de competencia municipal todos aquellos que satisfagan necesidades básicas de los habitantes”, y lo dispuesto por el artículo 130° de la COM: “Toda concesión o régimen tarifario, debe ser aprobado con la convocatoria previa a una audiencia publica”, resulta necesario realizar la convocatoria de una audiencia pública para el tratamiento de los proyectos 622/22: Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12 y 623/22: Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12, dado que los mismos pretenden la modificación del régimen tarifario de los servicios públicos municipales para el año 2023.

 

La ordenanza 1744-CM-07 de audiencias públicas, en su artículo 6º establece que la Audiencia Pública debe ser realizada dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos de dictada la resolución de su convocatoria y ser publicada en al menos tres medios de difusión masiva de la localidad durante tres (3) días con una antelación no menor a quince (15) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización.

 

En consideración al cumplimiento de lo impuesto el artículo 111.º , 128° y 130° de la COM y por ordenanza 1744-CM-07, se efectúa la presente convocatoria, para el miercoles 7 de diciembre de 2022 en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal a las 17:00h para el tratamiento del proyecto 591/22: Se aprueba presupuesto municipal 2023, y a las 19:00h para el tratamiento de los proyectos 622/22: Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12 y 623/22: Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12.

 

 

AUTORA: Presidenta del Concejo Municipal, Natalia Almonacid.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

 

Art. 1°)

Se convoca a Audiencia Pública para el día miercoles 7 de diciembre de 2022 a las 17:00 h en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, sita calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, para el tratamiento del proyecto 591/22: Se aprueba presupuesto municipal 2023, que se encuentra en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. La autoridad convocante es la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

Art.2°)

Se convoca a Audiencia Pública para el día miercoles 7 de diciembre de 2022 a las 19:00 h en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, sita calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, para el tratamiento de los proyectos 622/22 (Tasa por Servicios Municipales. Ordenanza 2374-CM-2012, Titulo I, Artículos 99º a 113º del Anexo I, del Libro Segundo, Parte Especial) y 623/22 (Tasa por servicios municipales. Ordenanza 2375-CM-2012, Capítulo I, artículos 5º a 9° del Anexo I, Libro Primero, Parte Especial), que se encuentran en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. La autoridad convocante es la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

Art.3°)

Se informa a la comunidad que, en cumplimento de la ordenanza 1744-CM-07, Reglamentación de audiencias públicas, los proyectos de ordenanza 591/22: Se aprueba Presupuesto Municipal año 2023, 622/22: Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12 y 623/22: Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12, estarán disponibles en la página web del Concejo Municipal (www.concejobariloche.gov.ar) y también se facilitará vía e-mail, con petición previa a través del correo electrónico prensaconcejobariloche@gmail.com o al número de teléfono: 294 4425127.

 

Art. 4°)

Se habilita la Mesa de Entradas Virtual del Concejo Municipal, para la inscripción de los participantes, desde el jueves 17 de noviembre de 2022 hasta el viernes 2 de diciembre de 2022 a las 15:00 h, a los efectos de que los interesados: 1) formulen su inscripción y acompañen en su caso, la documentación de la que pretendan valerse, 2) efectuen presentaciones posterior a la audiencia hasta el lunes 12 de diciembre de 2022 hasta las 15:00 h.

 

Previo a la celebración de la audiencia pública el Concejo Municipal, por medio del área correspondiente, enviará al inscripto una constancia de inscripción y recepción de documentación. La remisión de la constancia será únicamente por medios digitales.

 

Art. 5°)

Normas de funcionamiento:

 

La audiencia pública será presidida por la Sra. Presidenta de la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal, concejal Claudia Torres, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores y/o moderadores.

 

Primera Parte

 

a) La autoridad convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria.

b) Iniciada la audiencia se hará una pormenorizada presentación del proyecto en trámite por parte de los autores.

c) Se dará lectura a:

 

- Las normas jurídicas y prácticas aplicables a la audiencia pública, en forma breve y genérica.

- El orden del día.

- Parte resolutiva del proyecto a tratarse.

 

Segunda Parte

 

d) Se cederá la palabra a los inscriptos en el registro de participantes en el orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de cinco (5) minutos para su exposición pública.

e) Por resolución fundada previa, quien preside la audiencia podrá prolongar el plazo de exposición hasta un máximo de diez (10) minutos.

f) Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quien preside la audiencia.

g) La documentación y prueba de la cual pretendan valerse los expositores estarán a disposición de las partes en la sede de la audiencia.

h) Sólo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos en carácter de parte, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una vez que quien presida ceda la palabra.

 

Disposiciones generales

 

i) Se realizará una transcripción tipográfica y grabación de la audiencia.

 

Art.6°)

Se notifica formalmente al Ejecutivo a los fines de que designe al responsable y/o responsables de la presentación y explicación de los proyectos en la Audiencia que convoca en igual plazo que el establecido artículo 4º de la presente.

 

Art.7°)

Se instruye a la Subsecretaría de Comunicación Institucional a dar publicidad a la presente y a la Audiencia Pública que en consecuencia se desarrolla en los términos y cumpliendo las previsiones de los artículos 6°, 7°, concordantes y siguientes de la ordenanza 1744-CM-07.

 

Art. 8°)

La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria de Concejo Municipal.

 

Art. 9°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 17 de noviembre de 2022.

NSA/CRH/sag.

 

 

 

|CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 17/ 11 /2022