RESOLUCION Nº 148 -PCM-2013

 

 

DESCRIPCION SINTÉTICA: PROMULGACIÓN AUTOMÁTICA ORDENANZA Nº 2398-   CM-13,”MODIFICAR EL ARTICULO 1º DEL ANEXO 1 ORDENANZA 2308-CM-2012. R.N.U. LAGUNA EL TREBOL”.

 

ANTECEDENTES

 

La Ordenanza Nº 2398-CM-13, fue recibida por el Departamento Ejecutivo el 17/05/13 a las 14,30 hs.

 

La Carta Orgánica Municipal, Art. 45º) expresa: Las Ordenanzas que no fueran vetadas ni promulgadas dentro de los diez (10) días hábiles, quedarán promulgadas automáticamente".

 

FUNDAMENTOS

 

El proyecto original Nº 184/12, fue aprobado en la sesión del día 09 de Mayo de 2013, según consta en el acta Nº 1000/13. El día 03 de Junio del año 2013, se cumplió el plazo de diez (10) días hábiles que estipula el Art. 45º de la Carta Orgánica Municipal para la promulgación de la presente Ordenanza.

 

En razón de no haber cumplido el Departamento Ejecutivo con la obligación de promulgación de la Ordenanza Nº 2398-CM-11, establecida en el artículo cuadragésimo quinto (45º) de la Carta Orgánica Municipal, la misma queda automáticamente promulgada con fecha 03 de Junio del corriente año, según lo establecido en el mismo artículo.

 

Corresponde que la Presidencia del Concejo Municipal deje constancia expresa de este hecho, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 25º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO A CRGO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1º)   Infórmese la promulgación automática de la Ordenanza Nº 2398 - CM - 13 con fecha 03 de Junio de 2013, según lo establecido en el artículo 45º de la Carta Orgánica Municipal.

 

Art. 2º)   Comuníquese al Departamento Ejecutivo.   Publíquese,            Cumplido, Archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 03 de Junio de 2011.

 

CAV/RSB/ndf.

 

 

 

 

 

 

“2013, Año del 30º aniversario de la recuperación de la Democracia”