DECLARACIÓN N° 1809-CM-14

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL SEGUNDA FIESTA DE LA PALABRA-FERIA DEL LIBRO.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La Segunda Feria del Libro y la Fiesta de la Palabra serán realizadas en varios barrios y espacios culturales de nuestra localidad. Dado que se espera una gran concurrencia del público, la realización de esta feria, implica la participación no sólo de escritores y editoriales, sino también de docentes, padres, alumnos, instituciones, entre otros, o sea de toda la comunidad, dispuestos a una labor y esfuerzo organizativo.

 

Los objetivos primordiales de la misma, son entre otros, promover la costumbre de la lectura, la divulgación de la cultura del libro, la creación de un espacio cultural renovando al libro como fuente de conocimiento y recreación, dar a conocer nuestros escritores y artistas locales.

 

Las librerías podrán exponer sus productos a la venta, como también se presentarán, charlas abiertas de interés cultural a la comunidad, espectáculos para niños y adultos, capacitación para docentes, presentación de libros y escritores locales, provinciales y nacionales.

 

La Feria del Libro y Fiesta de la Palabra es uno de los acontecimientos culturales más importantes de San Carlos de Bariloche, por lo que motiva sea declarado de interés municipal y cultural.

 

 

AUTOR: Concejal Mauro Gonzalez (PvpC).

 

 

El proyecto original Nº 637/14 fue aprobado en la sesión del día 21 de agosto de 2014, según consta en el Acta Nº 1022/14. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal y cultural la segunda edición de la Feria del Libro y Fiesta de la Palabra, a desarrollarse en nuestra localidad desde el 13 al 18 de octubre de 2014.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.