COMUNICACIÓN Nº 1110-CM-24

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL EJECUTIVO NACIONAL RECLAMO DE TRABAJADORES APN DADO DECRETO 84/23

 

ANTECEDENTES

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

 

Convenio sobre la Diversidad Biológica.

 

Convención Ramsar.

 

Constitución Nacional.

 

Ley 20744: Regimen de Contrato de Trabajo.

 

Ley 22351: Ley de Parques Nacionales.

 

Ley 24013: Ley de Empleo.

 

Ley 24185: Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo.

 

Ley 26446: Apruébase el tratado de creación del Parque Interjurisdiccional Marino Costero Patagonia Austral, suscripto el 8 de agosto de 2007 entre el Estado Nacional y la Provincia del Chubut.

 

Ley 26817: Apruébase el Tratado de Creación del Parque Interjurisdiccional Marino Makenke suscripto entre el Estado Nacional y la provincia de Santa Cruz.

 

Ley 26818: Apruébase el Tratado de Creación del Parque Interjurisdiccional Marino Isla Pingüino suscripto entre el Estado Nacional y la provincia de Santa Cruz.

 

Ley 27037: Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas.

 

Decreto 2148/90: Reservas naturales estrictas. Definición. Objetivo. Prohibiciones.

 

Decreto 2149/90: Créanse diversas Reservas Naturales Estrictas en tierras del dominio de la Nación.

 

Decreto 453/94: Créanse las categorías de Reservas Naturales Silvestres y Educativas. Fíjanse los límites definitivos de las Reservas Naturales Estrictas.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Ley 1820: Establece misiones y funciones de la Secretaria de Trabajo, Previsión y Acción Social. Deroga Ley 770.

 

Ley 5476: Transfiere a favor del Estado Nacional la jurisdicción y el dominio necesarios para que éste ejerza las competencias previstas en la ley nacional 22351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, sobre el total de los sectores fiscales -intermareal y marino-, y se realizan con el cargo de crear el Parque Nacional Islote Lobos.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La Administración de Parques Nacionales (APN) posee 120 años de historia, gestiona actualmente 55 áreas protegidas distribuidas en 22 provincias. Un total de poco más de 18 millones de hectáreas, distribuidas en 5,2 millones terrestres y más de 13 millones marinas. Todo ello representa en su conjunto las diversas ecorregiones que conforman nuestro territorio.

 

La provincia de Río Negro cuenta con dos áreas protegidas, dentro de este importantísimo patrimonio: la porción Sur del Parque Nacional Nahuel Huapi, primer parque nacional argentino, y el Parque Nacional Islote Lobos, creado en 2022 para la conservación costera-marina. En estas dos áreas protegidas confluye la trayectoria de la APN, representada por la creación del primer Parque Nacional -trascendental en la vida y desarrollo de la región Andino Norpatagónica y sus localidades cercanas- y uno de los parques más nuevos del sistema, que promueve para la región costera de la provincia oportunidades de desarrollo, principalmente vinculadas a Sierra Grande y Playas Doradas.

 

Con el fin de llevar adelante la inmensa tarea de mantener las áreas y gestionarlas la APN cuenta con aproximadamente 2200 trabajadores. El 50% de ellos reviste en la planta permanente de la institución, el restante porcentaje se divide entre diversas modalidades y regímenes de contratación con renovación anual y transitoria, a pesar de ejecutar labores permanentes desde hace años.

 

De acuerdo al decreto 84/23, el 50% de la planta de personal de la APN podría ser despedido el 31 de marzo de 2024. De los cuales 131 pertenecen a diversos sectores y áreas de Parques Nacionales con asiento de sus tareas y residencia en Bariloche (el Parque Nacional Nahuel Huapi, la Dirección Regional Patagonia Norte de Conservación, la Coordinación de Obras Zona Sur, la Dirección Regional Sur de Operaciones y la Dirección de Lucha contra los Incendios Forestales y Emergencias). Este número se encuentra conformado por 56 brigadistas de incendios forestales, 60 profesionales y técnicos y 15 técnicos administrativos. Todos ellos con larga trayectoria, conocimiento adquirido, experiencia y especialización en tareas de conservación del patrimonio natural y cultural, obras de infraestructura, uso público (turismo), usos rurales sustentables, prevención del riesgo e incendios forestales, atención de emergencias, gestión administrativa, jurídica, de RRHH, etc.

 

Estos 131 empleados contratados, en su mayoría desde hace más de una y hasta dos décadas, por el Estado Nacional en sectores de la APN con lugar de asiento de funciones en la Provincia de Río Negro, efectúan tareas a diversa escala geográfica. Tienen a su cargo la gestión y protección de las 717.261 ha. que representa el Parque Nacional Nahuel Huapi (compartido entre Río Negro y Neuquén y en estrecha relación con San Carlos de Bariloche y Dina Huapi), e incluso ejercen sus tareas para las áreas protegidas de toda la región NorPatagónica y todo el territorio nacional. Por ejemplo: en la Dirección Regional Patagonia Norte se trabaja y asesora técnicamente en materia de conservación, impacto ambiental y remediación, pobladores, uso público, etc. a las áreas protegidas nacionales existentes en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén y Chubut. Otro caso es el de la Dirección de Lucha contra los Incendios Forestales y Emergencias, la cual trabaja en la prevención de riesgos e incendios forestales para todas las áreas protegidas y sus zonas de influencia a lo largo del país.

 

Los empleados de las reparticiones de Parques Nacionales en la ciudad desarrollan cotidianamente una diversidad de tareas y gestiones, entre ellas:

• Atención y asistencia a visitantes de las áreas protegidas.

• Búsqueda y rescate de personas. Durante los primeros días de 2024 ya se realizaron cinco (5) intervenciones de este tipo en Parque Nacional Nahuel Huapi.

• Manejo del fuego. Extinción de incendios forestales, gestión de sistemas de alerta temprana, prevención, planificación, capacitación, etc.

• Conservación y monitoreo de especies de flora y fauna, ambientes costeros marinos (PN Islote Lobos) y patrimonio cultural.

• Mantenimiento de sendas, caminos e infraestructura como miradores, puentes, etc.

• Gestión ambiental de obras de infraestructura, impactos y emergencias ambientales como derrames por accidentes viales, etc.

• Autorización y supervisión de obras civiles en jurisdicción de la APN.

• Habilitación, control y fiscalización de los servicios turísticos que se brindan.

• Instalación y mantenimiento de sistemas de comunicaciones y conectividad como antenas satelitales, de radio, etc.

• Asistencia a pobladores en temas de calidad de vida y producción sustentable, primera respuesta ante eventos naturales como erupción Volcán Puyehue, inundaciones, aludes, enfermedades zoonóticas.

• Diseño y gestión de iniciativas de trabajo conjunto con pobladores, comunidades y organizaciones. Gestión de proyectos financiados por el organismo y otras fuentes nacionales e internacionales.

• Gestión de la operatividad y administración de las áreas protegidas de toda la Patagonia.

• El Programa de televisión Ecos del Parque TV, el cual fue declarado de interés educativo, turístico y cultural por la Legislatura Provincial de Río Negro.

 

A su vez, entre otras acciones, los trabajadores de la APN colaboran y articulan de manera tangible con la provincia de Río Negro y los municipios de San Carlos de Bariloche, Dina Huapi, y otras localidades vinculadas como El Bolsón, Villa Mascardi, Villegas, El Manso, Villa Llanquín, Playas Doradas, Sierra Grande, etc. en:

• Aporte al Sistema Federal de Manejo del Fuego mediante capacitaciones, personal operativo, logístico y técnico, equipamiento, entre otras, para la prevención y el combate de incendios.

• Campañas escolares de prevención de incendios forestales y de interfase.

• Abordaje de emergencias zoonóticas y planes sanitarios.

• Rescate conjunto de ejemplares de fauna silvestre con valor de conservación.

• Ordenamiento de actividades turísticas en jurisdicción municipal (ordenamiento de costas, diseño de cartelería interpretativa, etc.).

• Charlas educativas en escuelas provinciales y capacitación a docentes.

• Vinculación con investigadores y organismos de investigación y desarrollo tecnológico (INTA, INTI, CONICET, CNEA, SEGEMAR, Universidades e Institutos, etc.).

• Apoyo técnico en la implementación de áreas protegidas municipales y provinciales como por ejemplo: Parque Municipal Llao Llao, Paisaje Protegido Río Limay, Reservas Urbanas, etc.

• Gestión conjunta de corredores de conservación, paisajes y figuras internacionales como Reservas de Biosfera y Sitios de Patrimonio Mundial, etc.

• Acuerdos binacionales con la República de Chile para la protección de especies amenazadas como el huemul.

 

Asimismo, las áreas protegidas brindan bienes socio-ambientales de relevancia para la región y su desarrollo, por ejemplo:

• Parques Nacionales constituye un sello de calidad para el turismo a nivel nacional e internacional.

• La promoción turística de Bariloche se basa en gran parte en los atractivos del Parque Nacional Nahuel Huapi. Se estima que el 90 % de los visitantes que arriban a la misma, visitan el área protegida, durante 2023 se contabilizaron 90.000 registros de trekking.

• Impulso económico para ocho ciudades y parajes de la región cordillerana y costera de la provincia por la existencia de los Parques Nacionales.

• Protección de las altas cuencas, las cuales garantizan el acceso a agua de calidad, la producción agropecuaria y permiten la generación de energía eléctrica que abastece al sistema interconectado nacional.

 

En función de todo ello, queremos expresar la profunda preocupación por las implicancias a nivel social y ambiental del Decreto 84/23 el cual podría dejar diezmada a la APN, sin posibilidades reales de funcionamiento operativo, abordaje de sus tareas cotidianas ni respuesta ante las emergencias de diversa índole que suceden en un área protegida y sus adyacencias. Por sus años de experiencia y labor en Parques Nacionales no sobra ningún trabajador, por el contrario, falta personal.

 

"La experiencia histórica demuestra que –abandonados a las reglas del mercado y a la mayor o menor conciencia “ecológica” de los agentes económicos–, los recursos naturales y culturales sufren un deterioro constante y progresivo que directa o indirectamente va en detrimento de la población. El Estado tiene entonces el deber de garantizar la preservación de ese patrimonio a través del uso sustentable de los recursos, para que las actividades que se desarrollen en el presente no comprometan el futuro y los intereses colectivos de la sociedad sean resguardados.” (Plan de Gestión Institucional para los Parques Nacionales – APN 2001).

 

Por ende, desde la representación del Concejo Municipal nos expresamos formal y públicamente en apoyo al reclamo de los/as trabajadores/as de la Administración de Parques Nacionales por su continuidad laboral en el Estado Nacional, en rechazo del Decreto 84/23 emitido por el Presidente de la Nación y, en consecuencia, comunicamos y solicitamos al Poder Ejecutivo que dé renovación y estabilidad a todos los contratos del personal debido a la importancia de dichas tareas para la Ciudad, la Provincia y la Nación.

 

AUTORES: Roxana Ferreyra (Nos Une); Leandro Costa Brutten y Julieta Wallace (Incluyendo Bariloche); Juan Pablo Ferrari, Natalia Almonacid y Silvio Barriga (JSRN).

 

INICIATIVA: Trabajadores de la Administración de Parques Nacionales (APN).

 

COLABORADORA: Eliana Romano.

 

 

El proyecto original N.º 15/24 fue aprobado en la sesión del día 4 de marzo de 2024, según consta en el Acta N.º 1186/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional el reclamo de los/as trabajadores/as de la Administración de Parques Nacionales por su continuidad laboral en el Estado Nacional dado el decreto 84/23 .

 

Art. 2°)

Se solicita al Poder Ejecutivo Nacional la inmediata derogación del decreto 84/23.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.