COMUNICACIÓN N.º 1063-CM-21

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA LEGISLATURA RÍO NEGRO BENEPLÁCITO TRATAMIENTO Y SANCIÓN PROYECTO 0182/21

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Ley F 3831, artículo 1° de la Provincia de Río Negro.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 3307/2014: Implementa boleto estudiantil y docente gratuito. Municipalidad de Río Grande.

 

Proyecto de ley de la Provincia de Río Negro 0182/21.

 

FUNDAMENTOS

 

El Tren Patagónico tiene un recorrido que atraviesa toda la Provincia de Río Negro, en un trayecto de ochocientos treinta kilómetros desde San Carlos de Bariloche, pasando por la Línea Sur, ingresando a la ciudad de San Antonio Oeste y continuando a la capital, Viedma.

 

Nuestra empresa provincial Tren Patagónico S.A, tiene un rol social muy importante que cumple y debe seguir cumpliendo. No obstante, no se ha tenido en cuenta dentro de los numerosos beneficios que brinda a la comunidad, la necesidad manifiesta que se les presenta a una cantidad de estudiantes universitarios y terciarios, quienes deben trasladarse a otras ciudades a cursar sus estudios y afrontar los abultados costos que significa hoy en día utilizar los medios de transporte y fundamentalmente, los de mediana y larga distancia.

 

Un dato importante a tener en consideración es que la matrícula de estudiantes en la Provincia de Río Negro ha aumentado en los últimos años, a la oferta académica brindada por la Universidad Nacional del Comahue, deben agregarse nuevos institutos que dictan diversas carreras de formación en profesorados y tecnicaturas y el funcionamiento de la Universidad Nacional de Río Negro desde 2008, con su variada gama de carreras.

 

Muchos de los estudiantes cursan sus estudios en ciudades alejadas de su lugar de residencia familiar. Por lo tanto este proyecto 182/21 busca implementar que la empresa Tren Patagónico S.A otorgue un boleto sin costo en categoría turista para los estudiantes universitarios y terciarios de la Línea Sur, Viedma, Bariloche y San Antonio Oeste, siempre y cuando cursen sus estudios en localidades distintas a las del domicilio del grupo familiar.

 

Ante la situación descripta consideramos pertinente focalizar el beneficio a los y las rionegrinas que pueden usufructuar el servicio ferroviario como medio de transporte para llegar a las diferentes instituciones educativas a formarse, lo que permite instituir un boleto estudiantil específico.

 

 

AUTORES: Concejales Roxana Ferreyra y Marcelo Casas (FdT).

 

COLABORADORES: Federación de Estudiantes Secundarios Bariloche.

 

 

El proyecto original N.º 271/21 fue aprobado en la sesión del día 22 de abril de 2021, según consta en el Acta N.º 1141/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica a la Legislatura de la Provincia de Río Negro beneplácito al tratamiento y sanción del proyecto de ley 0182/21 el cual crea el Boleto Estudiantil Ferroviario, destinado a estudiantes del nivel terciario y/o universitario, en el ámbito de la empresa Tren Patagónico S.A.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.