DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: REGLAMENTO DE USO INTERNO DEL VEHÍCULO DEL CONCEJO MUNICIPAL

 

 

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

 

Resolución 462-CM-2015.

 

Resolución 309-CM-2005.

 

Reglamento interno para el uso de vehículos del Centro de Investigación Científica y Transferencia Tecnológica a la Producción, CONICET.

 

Acta 142-19 de Comisión Legislativa con fecha 17 de abril de 2019.

FUNDAMENTOS

El importante crecimiento demográfico y territorial de nuestra ciudad, obliga al Concejo Municipal a contar con un medio de transporte a disposición, para cubrir las distintas obligaciones de los Concejales; siempre y cuando estén relacionadas con su labor como funcionarios públicos.

 

Se destaca el constante trabajo de los concejales en territorio, fundamental para visibilizar problemáticas y estar en contacto con los distintos vecinos y espacios de la ciudad.

 

La reciente compra del vehículo 0 km, a titularidad del Concejo Deliberante, obliga a establecer reglas claras que permitan un correcto y eficaz uso del mismo.

 

Es por esto que se establece a través de la presente resolución el reglamento de uso interno del vehículo del Concejo Municipal.

 

AUTOR: presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "y" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se aprueba reglamento de uso interno del vehículo del Concejo Deliberante, conforme ANEXO I.

 

Art. 2.º) Se aprueban planillas de registro y control de uso del vehículo, conforme ANEXO II.

 

Art. 3.º) La presente resolución se aprueba ad referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 19 de noviembre de 2019.

DAB/CRH/vhf

 

ANEXO I

 

REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE VEHÍCULO DEL CONCEJO MUNICIPAL

 

1) Definiciones y responsabilidades:

 

a- SOLICITANTE: Concejal, secretaria/o o asesor/a que realiza el pedido formal de uso del vehículo. Es su responsabilidad solicitarlo mediante correo electrónico, en el que se deberá detallar los siguientes ítems: destino, usuarios, horario y fecha de salida, tiempo de uso y motivo del viaje.

 

b- CONDUCTOR: chofer responsable de atender todas las tareas asociadas al uso y mantenimiento del vehículo, las cuales incluyen:

Constatar la presencia de la documentación necesaria y su actualización.

La carga de combustible.

Completar la planilla de registro con los datos de usuarios, destino, fecha/hora/km de salida, fecha/hora/km de llegada. (ANEXO II).

Informar sobre desperfectos o inconvenientes presentados durante el uso del vehículo.

Entregar el vehículo en tiempo y forma.

Realizar la revisión vehicular obligatoria según kilometraje e informar cuando corresponda realizar las gestiones pertinentes para realizar el servicio de garantía oficial.

Deberá controlar periódicamente, de acuerdo al km que este recorriendo y de acuerdo al uso del mismo, los niveles de fluidos del motor (aceite, líquido refrigerante, combustible, agua del limpia‐parabrisas). Si faltara aceite, se debe agregar el mismo aceite que tiene el vehículo. Si faltara líquido refrigerante, se debe agregar agua destilada únicamente. También deberá llevar un control periódico de la presión de los neumáticos.

Conservar el vehículo en buen estado de limpieza, en condiciones técnicas y de seguridad, junto con la documentación vigente correspondiente y todos los elementos reglamentarios (seguro, balizas, matafuegos, linga de remolque, botiquín de primeros auxilios, rueda de auxilio y cadenas en invierno). En caso de uso o rotura de elementos, se deberá elevar pedido de reposición al Secretario Legislativo.

En caso de accidente, o desperfecto mecánico, notificar al Secretario Legislativo del Concejo Municipal mediante llamado telefónico, siempre y cuando no haya riesgos de salud y no sea necesario contactar previamente a autoridades policiales o de salud.

 

c- USUARIOS: Se denomina así a las personas que participen del viaje en su carácter de acompañantes. Los mismos deberán contar con su documentación personal y se listarán en la planilla registro del ANEXO II.

 

d- SECRETARIO LEGISLATIVO: será el responsable administrativo del vehículo. Es su responsabilidad administrar el cronograma de turnos de uso de vehículo y la rúbrica mensual de las planillas del ANEXO II.

 

2) REGLAS GENERALES

 

Queda terminantemente prohibido el uso del vehículo para razones personales, que no se vinculen con las responsabilidades de los funcionarios y trabajadores del Concejo Municipal.

 

Ningún funcionario o trabajador podrá disponer del vehículo para el traslado a su domicilio.

 

La conducción del vehículo quedará exclusivamente a cargo del chofer del Concejo Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

Todo cambio en la fecha de un viaje, o cancelación, se deberá informar con la mayor

antelación posible al SECRETARIO LEGISLATIVO, para así hacer posible el uso del vehículo asignado por otro SOLICITANTE.

 

Cualquier modificación en la hora de devolución del vehículo deberá ser consensuada con el SECRETARIO LEGISLATIVO para que éste pueda coordinar las posteriores salidas.

 

La salida del vehículo fuera del ejido municipal colindante, deberá ser autorizado por Comisión Legislativa.

 

3) SOBRE ACCIDENTES Y DESPERFECTOS MECÁNICOS

En casos de accidentes o desperfectos mecánicos que imposibiliten continuar con el uso del vehículo se procederá de la siguiente manera:

 

a- Dar aviso al SECRETARIO LEGISLATIVO del Concejo Municipal mediante llamada telefónica, siempre y cuando no haya riesgos de salud y no sea necesario contactar previamente a autoridades de salud o policiales. Se deberá informar situación, lugar, fecha y hora, inconveniente y necesidad de solicitar remolque. El Secretario Legislativo, de acuerdo a la gravedad del desperfecto, gestionará con: I) la División Bienes Patrimoniales para que estos a su vez contacten a la compañía de seguros y se solicite grúa de auxilio o bien con II) el Taller de Mantenimiento del Municipio.

 

b- En caso de accidente se deberá efectuar exposición policial respecto de los los hechos acontecidos.

DDYA

RESOLUCIÓN N.º 343-PCM-19

Concejo Municipal

Municipalidad de San Carlos de Bariloche

  1. "No a la violencia de género. Ni una menos"

  2. (ordenanza 3029-CM-2018)

 

 

ANEXO II

 

 

Destino

 

Usuarios

 

Fecha

Hora salida - KM

Hora devolución - KM

 

Motivo Viaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha:19 / 11 /2019

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Día de impresión: 20/11/2019 15:09

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