COMUNICACIÓN N° 775-CM-14

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL, PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL INTERVENGAN SOBRE REQUERIMIENTO DE COMUNIDAD EDUCATIVA Nº 48.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 29, inc. 18.

Ordenanza 1023-CM-00: Delegar facultades al Ejecutivo Municipal.

Ordenanza 2381-CM-13: Establece emergencia vial en la ciudad.

Ley Nacional de Tránsito 24449.

 

FUNDAMENTOS

 

Expresamos preocupación en referencia al establecimiento educativo Nº 48 Erasmo Obligado, ubicado en el kilómetro 19,500 de la Avenida Ezequiel Bustillo por falta de seguridad vial.

 

Comprendemos que es una zona de alto riesgo por encontrarse la escuela prácticamente al borde de la ruta y a metros de curvas y contra curvas con escasa visibilidad y de tránsito vehicular continuo, generando un riesgo permanente de accidentes.

 

Nos encontramos que el lugar no está provisto de cartelería tanto de señalización de “establecimiento a tantos metros” para aminorar la velocidad, como tampoco con otras indicaciones conducentes al ordenamiento del tránsito vehicular y promover la educación y seguridad vial.

 

Entendiendo la urgente necesidad de alumnos, padres, directivos como también de todas las personas que viven tanto en el lugar como cercanía de él, es solucionar en el menor tiempo posible la problemática referida.

 

 

AUTORES: Concejales Prof. Edith Garro, Ramón Chiocconi, Alejandro Ramos Mejía (PJ); Arq. Carlos Valeri, Prof. Alfredo Martín (FG); Leandro Lescano (AFSP) y Mauro Gonzalez (PVpC).

 

 

El proyecto original Nº 565/14, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 29 de abril de 2014, según consta en el Acta Nº 1017/14. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional, Poder Ejecutivo Provincial y al Departamento Ejecutivo Municipal, que arbitren las medidas necesarias para ejecutar acciones preventivas destinadas a garantizar la seguridad y protección de los habitantes en el kilómetro 19,500, Avenida Bustillo, Establecimiento Nº 48.

 

Art. 2°)

Se instruye a la Secretaria Legislativa a remitir atenta nota adjuntando la presente.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.