COMUNICACIÓN N° 757-CM-13

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR AL MINISTERIO SEGURIDAD VERÍA CON AGRADO DIFUSIÓN IMPLEMENTACIÓN RESOLUCIÓN MINISTERIAL 506-2013.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ley 26378 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

 

Ley 26657 Protección de la Salud Mental.

 

Resolución del Ministerio de Seguridad 506-2013.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Los criterios de intervención de los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad en situaciones donde se encuentran involucradas personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias debían ser revisados con el objetivo de adecuarlos a las normas internacionales en materia de Derechos Humanos y las recientes modificaciones en la legislación argentina, en particular en el conjunto de personas con algún tipo de discapacidad mental.

 

Es por ello, que el Ministerio de Seguridad de la Nación tomó la decisión de elaborar un documento con nuevos criterios de intervención -habiendo solicitado previamente a las fuerzas de seguridad la regulación vigente aplicable- el cual fue consultado en una primera instancia al Ministerio de Salud y la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR). Dicho documento fue a su vez discutido recibiendo aportes y comentarios de la Dirección Nacional de Salud Mental del Ministerio de Salud, de la Dirección Nacional de Atención a Grupos en situación de Vulnerabilidad de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI); de la Defensoría General de la Nación; de la Organización Panamericana de la Salud (OPS); de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI); del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y representantes de la academia.

 

Finalmente, la Ministra de Seguridad de la Nación dictó la Resolución 506-2013 que contiene en su Anexo I las “Pautas para la Intervención de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad con el objeto de preservar las seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros”. Además, en dicha resolución se fija un plazo de 30 días para que las fuerzas de seguridad adecuen sus normas y procedimientos internos al nuevo protocolo que se establece. También, para que la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Seguridad Interior tome medidas para que ponga en consideración de las representaciones provinciales las pautas aprobadas. Finalmente, establece la conformación de una mesa de trabajo que tenga como objetivo la capacitación necesaria para una correcta implementación de las pautas.

 

 

 

 

Por todo lo detallado, se ve de vital importancia que nuestra ciudad de Bariloche reciba por parte de los organismos responsables la completa información sobre las nuevas pautas establecidas que contienen el protocolo de intervención así como sus planes de trabajo y capacitación. Todo ello con el objeto de dar mejor cumplimiento a la legislación vigente y aplicable en materia de personas con discapacidad y muy especialmente teniendo en cuenta aquellas personas que forman un grupo vulnerable por tener un presunto padecimiento mental o bien que se encuentren en situación de consumo problemático de sustancias con riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.

 

Con el firme propósito de realizar acciones positivas tendientes a dar cumplimiento a la legislación nacional e internacional y al respeto por los Derechos Humanos en particular de las personas con padecimiento mental para que alcancen el pleno goce de sus derechos, es que se propone la aprobación de la presente comunicación.

 

AUTORES: Concejales Carmen Giménez y Leandro Lescano (AFSP).

 

 

COLABORADORAS: Analía Woloszczuk y Julia Fernández.

 

 

El proyecto original Nº 408/13, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 23 de septiembre de 2013, según consta en el Acta Nº 1007/13. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se comunica al Ministerio de Seguridad de la Nación se vería con agrado la difusión de la implementación de la Resolución Ministerial 506-13 que aprueba las “Pautas de intervención de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad con el objeto de preservar la seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros”.

 

Art. 2º)

Comuníquese. Dese a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.