COMUNICACION N° 613 -CM-08

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR A LEGISLATURA  RÍO NEGRO DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA SUJETO A EXPROPIACIÓN  TIERRAS PARA VERTEDERO

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 651-CM-96: Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación (Ruta de Circunvalación).

 

Ordenanza 1569-CM-05: Declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación cuatro lotes de terrenos ubicados en el Barrio Nahuel Hue, nomenclatura catastral DC 19-C2-SK-Mza. 157-P6-17-20-21.

 

Ordenanza 1704-CM-07: Programa de Regularización Dominial Villa Llanquihue.

 

Carta Orgánica Municipal, Segunda Parte, Sección Tercera, Capítulo 1, artículo 38 inciso 1.

 

Estudios de prefactibilidad técnica para disposición final de los residuos sólidos urbanos de San Carlos de Bariloche.

 

Resumen Ejecutivo. Definición del sitio de disposición final de residuos para la ciudad de San Carlos de Bariloche. Dirección General de Medio Ambiente, octubre 2007.

 

Nota 1828 dirigida al señor Secretario de Turismo de la Nación. Solicitud de inclusión en Operatoria de Crédito BID AR-L1025.

 

Nota 0188 de Secretaría  de Turismo de la Nación. Incorporación del Municipio de San Carlos de Bariloche al Programa GIRSU.

 

Nota escrita por vecinos auto convocados afectados por el Vertedero Municipal y presentada en el marco de la 1ª Sesión Ordinaria del 10/12/07 en el Gimnasio Municipal, en donde asumieron los Concejales de la gestión 2007-2011 del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

Comunicación 584-CM-08: Solicitar al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro un informe sobre consecuencias provocadas por el humo emanado del vertedero Municipal.

 

FUNDAMENTOS

 

El tratamiento de los residuos sólidos urbanos en el Vertedero municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche presenta serias deficiencias que repercuten significativamente en la población en general, revistiendo particular  peligrosidad para los vecinos que habitan en los muy poblados barrios aledaños al mismo.

 

Los incendios, que fundamentalmente ocurrían durante los meses de primavera y verano, pero que también se han registrado en los meses de mayor precipitación, han provocado la contaminación atmosférica  a partir de la toxicidad de los humos, con las consecuentes afecciones físicas, especialmente en las vías  respiratorias, ojos, como así también en la irritación de la piel, etc. Todo esto pone de manifiesto la necesidad  urgente de dar una solución de fondo al problema en cuestión.

 

No obstante lo señalado anteriormente, es importante destacar el impacto visual negativo que genera su ubicación, considerando que el mismo se encuentra emplazado a la vera de la ruta 40, que une a esta ciudad con el resto de las comunidades situadas al sur, tales como El Bolsón, Esquel, etc.; atendiendo además, la trascendencia turística que reviste esta ruta a lo largo de todo nuestro país, circuito que en su totalidad o parcialmente es elegido por innumerables turistas. La contaminación paisajística en el sentido señalado,  que ocasiona el vertedero en cuestión, es sin dudas otro tema a tener en cuenta a la hora de evaluar  la presente solicitud.

 

Es oportuno comentar, que esta situación no ha surgido recientemente, es en realidad un problema que ha acompañado a diferentes administraciones. No obstante, el último gobierno a cargo del Ejecutivo, pudo atender parcialmente algunos aspectos señalados, logrando  por ejemplo disminuir  el impacto nocivo de la  emisión de los humos al implementar mecanismos que han evitado los incendios. Así también, el saneamiento perimetral ha contribuido a mejorar el impacto visual  negativo de la zona aledaña. Todo lo actuado sin embargo es insuficiente.

 

Lamentablemente, la difícil situación económico-financiera  en la que se encontraba el Municipio al comienzo de la anterior gestión de gobierno, junto a una problemática social de urgente tratamiento, como ocurrió en la mayoría de las ciudades de nuestro país a raíz de la compleja y desfavorable realidad institucional originada a comienzos de esta última década,  hizo necesario priorizar otras  realidades.

 

No obstante, desde hace un tiempo la situación comentada anteriormente fue cambiando significativamente. Esta nueva realidad hizo posible que la anterior gestión de gobierno iniciara una serie de acciones a fin de atender definitivamente el problema en cuestión. En este sentido, es fundamental señalar las acciones realizadas ante la Secretaría de Turismo de la Nación  a fin de contar con las soluciones técnicas y financieras  necesarias para atender y resolver en forma definitiva el problema motivo del  presente proyecto. Tal como se puede certificar en nota 1828 dirigida al  Secretario de Turismo de la Nación, Señor Enrique Meyer, en donde se solicita incluir a este Municipio  dentro del “Programa de Gestión de los Residuos Sólidos en Municipios Turísticos”, con fecha 21 de diciembre de 2007. Así mismo se puede constatar la respuesta favorable por parte de esa  Secretaría de Estado de la Nación en nota del día 7 de enero de 2008, recepcionada por este Municipio como nota 188, con fecha 14 de enero de 2008, en donde expresamente se incorpora al Municipio de San Carlos de Bariloche al Programa BID 1868-OC-AR Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos.

 

Cabe aclarar que este programa tiene alcance sobre el saneamiento de basurales existentes, disposición final y estaciones de transferencia de los residuos sólidos urbanos. Para que dicho Programa se pueda llevar a cabo y avanzar así en el desarrollo de un Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, entre los requisitos necesarios  se encuentran la disponibilidad de tierras para localizar un nuevo Centro para la Disposición Final, contando con el correspondiente estudio de prefactibilidad ambiental.

 

 

 

Siendo que el ejido municipal de San Carlos de Bariloche se encuentra prácticamente rodeado al Norte, Sur y Oeste por el Parque Nacional Nahuel Huapi, fue necesario buscar fuera del mismo otros sitios posibles para el emplazamiento de un nuevo Vertedero, particularmente en la dirección Este.

 

Como consecuencia de ello, se realizaron estudios de prefactibilidad en las tierras ubicadas en cercanías a la Ruta 23, en una parcela que de acuerdo a los mismos reúne las mejores condiciones ambientales para tal fin y, que se extiende sobre tierras pertenecientes al Departamento de Pilcaniyeu en inmediaciones del Paraje Pichi Leufu, próximo a la localidad de Pilcaniyeu. Esto es a  29 km. desde el cruce de la RN  40  con la RN 23. Desde ese lugar (a 29 km. del mencionado cruce), se produce el  encuentro con el ingreso a las instalaciones de INVAP S.E., desde el cual recorriendo unos 3,5 km. hacia el Sur, se llega al área propuesta como factible.

 

Esa misma gestión municipal que tramitó lo mencionado anteriormente, también definió el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

 

Considerando todos los avances realizados, que en sí mismos atenderían eficientemente la problemática actual, es que este Concejo Deliberante se ve ante la necesidad de generar las acciones correspondientes. Siendo este proyecto de comunicación  una de esas instancias.

 

De lo mencionado precedentemente queda claro lo consecuente que resulta el Gobierno Nacional con una de sus Políticas de Estado, como lo es el Turismo. En donde queda demostrado a partir de su involucramiento, que no sólo es una expresión de voluntad, sino una política activa y comprometida.  Así mismo y considerando la importancia que reviste para la Provincia de Río Negro la actividad turística, es que entendemos que también esta instancia de Gobierno debe estar involucrada en la solución de los temas que atenten contra el desarrollo de esta actividad.  Por esta razón, solicitamos al Gobierno de la Provincia de Río Negro que asuma los costos totales que demande la expropiación de las tierras señaladas precedentemente.

 

AUTORES: Concejales Lic. Darío Barriga, Lic. Arabela Carreras y Hugo Cejas (FpV).

 

COLABORADORES: Profesores Graciela Costamagna y René Barriga (FpV).

 

El proyecto original Nº 209/08, fue aprobado en la sesión del día 25 de Septiembre de 2008, según consta en el Acta Nº 911/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

COMUNICACION

 

Art.  1°)

Se comunica a la Legislatura de la Provincia de Río Negro que según el resultado de los Estudios de Prefactibilidad Técnica para la Disposición Final de los Residuos Sólidos Urbanos de la ciudad de San Carlos de Bariloche, se considera como lugar apto para el traslado del vertedero municipal las tierras ubicadas en las inmediaciones del Paraje Pichi Leufu, próximo a Pilcaniyeu. Esto es a 32,5 km desde el cruce de la RN 40 con la RN 23, debiendo el Ejecutivo Provincial determinar los datos precisos de ubicación de las tierras dentro del área propuesta.

 

Art.  2°)

Se comunica a la Legislatura de la Provincia de Río Negro la necesidad de declarar de utilidad pública  y sujeto a expropiación las tierras definidas según  el artículo precedente, siendo sujeto expropiante la Provincia de Río Negro. Todo ello a los efectos del dictado de la correspondiente Ley.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.