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RESOLUCION N° 338-CM-07

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: RENOVACIÓN CONTRATO ASISTENCIA TECNICA-INGENIERO GUSTAVO SERGIO ORTIZ URIBURU INFORMATICA DIGESTO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Resolución 292-CM-2005.

 

Acta Comisión Legislativa 171/07 de fecha 15/03/2007.

 

Resolución 077-PCM-07.

 

Acta Comisión Legislativa 190/07 de fecha 25/07/2007.

 

Nota fecha 18/07/2007 Concejal Andrés Martínez Infante  del Concejo Municipal.

 

Resolución 189-PCM-07, firmada por la Vicepresidente 2° a/c Presidencia Concejo Municipal, Concejal María Sandra Guerrero.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

El Concejo Municipal contratará los servicios de un Profesional informático, para el asesoramiento técnico específico en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomendará al profesional desarrollar la segunda etapa del sistema de Base de Datos, conforme al plan de trabajos y  metodología resumida en la Nota de la Comisión de Digesto Municipal de fecha 27/03/07, especificada en la Resolución  Nº 077-PCM-2007.

 

Las partes dejan constancia que la enumeración indicada en la norma antes mencionada es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.

 

Por nota de fecha 18 de julio de 2007 del Concejal Martínez Infante, quien está a cargo de la implementación del Digesto Municipal, solicita la renovación del contrato como Asesor Técnico, al Ingeniero Gustavo Sergio Ortiz Uriburu, a partir del 1 de agosto hasta el 30 de noviembre de 2007, a los efectos de continuar con la segunda parte del armado de la base informática de dicho Digesto, refrendada dicha nota por la Secretaria Legislativa.

 

 

La Resolución Nº 189-PCM-07, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 2 de agosto de 2007, según consta en el Acta Nº 881/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

 

Art.  1°)

Renovar el Contrato de Locación (Anexo I) del Asesor Técnico, Ingeniero Gustavo Sergio Ortiz Uriburu, DNI 23.180.412, desde el 1 de agosto hasta el 30 de noviembre de 2007 inclusive.

 

Art.  2°)

El monto total a abonar al profesional será de $ 1.500 (un mil quinientos pesos) mensuales, a imputarse en la Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.10 (Estudios, Investigación y Asistencia Técnica), en el marco del Presupuesto ya aprobado para el Concejo Municipal para el año 2007.

 

Art.  3°)

Comunicar a la Dirección de Contaduría a los efectos de librar los actos administrativos correspondientes.

 

Art.  4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

 

 


 

 

ANEXO I

 

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en éste acto por el Vice Presidente Segundo del Cuerpo Sra. SANDRA GUERRERO, DNI 14.519.734 con domicilio en Mai 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO MUNICIPAL; y por la otra el  Ing.. GUSTAVO SERGO ORTIZ URIBURU, Documento tipo D.N.I. Nº 23.180.412 de especialidad Ingeniero en desarrollo de sistemas, con domicilio en Salta 369  de ésta ciudad de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que el PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico informático a la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal que realiza funciones ante el Concejo Municipal, y que es Presidida por el Vicepresidente Primero del Cuero Concejal Andrés Martínez Infante, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente. PRIMERA.- ANTECEDENTES: LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE  que constituye de antecedente de este contrato: 1) la Resolución Nº 292-CM-04 –(Implementación del Digesto Municipal)- del Concejo Municipal, 2) La Resolución Nº 077-PCM-2007 y  3) Las Actas de Reunión de Comisión Legislativa Nº 171 del 15 de Marzo de 2007 . SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios del PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico informático en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomienda al PROFESIONAL y este así lo acepta a) La disposición horaria encomendada por quien coordine el Digesto Municipal.-  b) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque  tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado.- c) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el  asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que – en buena práctica profesional – fundamenten y permitan el asesoramiento técnico integral que el Concejo Municipal le contrata. d) Análisis y propuesta para el desarrollo del Sistema Informático de Base de Datos para interfase del Digesto Municipal – e) Desarrollar herramientas de software o tecnologías web totalmente libres y propias, cuyo soporte, mantenimiento y adaptación pueda ser realizado .por personal idóneo del Concejo Municipal correctamente capacitado por el mismo, más allá del tiempo transcurrido, el PROFESIONAL capacitará una cantidad estimada  en tres personas del Concejo Municipal, para administrar y mantener las herramientas de software desarrolladas. TERCERA – PLAN DE TRABAJO:  A los fines de facilitar la implementación  del presente contrato, el PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo a la metodología resumida en la Nota de la Comisión de Digesto Municipal que se agrega como Anexo II; - CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de cuatro meses, a partir del día 01 de agosto de 2007, operando su vencimiento de pleno derecho en fecha 30 de noviembre del año 2007.- No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sola obligación de preavisar esta decisión, con diez días corridos de antelación.-  En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por el PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión. En caso de resolución del contrato sin invocación de causa por el Concejo Municipal, el PROFESIONAL tendrá derecho a percibir el total del monto del contrato. Queda prohibido al CONCEJO MUNICIPAL la venta, prestamos de uso, reproducción y/o cualquier otro título que signifique transferencia de los elementos informados para la creación o continuación del software desarrollado por el PROFESIONAL sin el consentimiento previo del mismo. QUINTA.- HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará al PROFESIONAL la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS($ 1.500.-).- EL PROFESIONAL emitirá el recibo oficial pertinente.-  Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba.- SEXTA.- INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener al CONCEJO MUNICIPAL en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones.- SEPTIMA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen.- EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN MISMO EFECTO, Y CADA PARTE RECIBE EL SUYO, EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, A LOS 25  DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2007-

 

 

 

 

 


 

 

ANEXO II

 

            Sres Concejales:

 

La Comisión Especial de Digesto informa que completado el relevamiento de las Ordenanzas 1958 a la fecha, con la participación a pleno del Asesor técnico-letrado contratado, el equipo de la Dra. Ana María Valle y los integrantes de la Comisión que presido, ha llegado la instancia donde se hace necesario avanzar en la informatización.

 

La primera etapa de esta tarea indelegable para el Concejo Municipal, es la de analizar y proyectar herramientas de trabajo adecuadas para afianzar  lo realizado hasta la fecha, asegurando así a futuro la sustentabildad y mantenimiento de un verdadero Digesto Municipal; que nos permita corregir  errores y no volverlos a cometer; facilitando la técnica legislativa, haciéndola accesible tanto para funcionarios y agentes municipales como para los contribuyentes en general.

 

Sin duda este trabajo, dada la necesidad de seguimiento más allá de los gobiernos de turno, debe estar encuadrado por una oficina técnica específica.

 

CUADRO SINOPTICO

PRIMER MODULO:

ANALISIS INFORMATICO Y PROYECCION DE HERRAMIENTAS PARA:

 

·       Desarrollar un sistema de Base de Datos que importe los datos existentes en Excel/Acces (al menos 7000 registros – 6 MB), el ensamble con otros documentos compuestos (procesador de texto –mínimo de 81 MB), planillas, gráficos, imágenes, tablas, etc), el posterior ingreso periódico de los datos que se generen (incluyendo la posibilidad de incorporar registros previos) y permitir la constante supervisión, corrección y edición completa o parcial de los datos cargados..

·       La Base de Batos tiene que estar orientada a todo lo que es manejo y organización de texto, potenciando la capacidad de Búsqueda a través de Motores en los textos y en los campos (más de 20) y/o en los -y a través de- sistemas de Clasificación utilizados (Descriptores y árbol Temático) u otros que se pudieran recomendar, así como el ordenamiento simple y complejo. Este tipo de recuperación deberá ser fácil de operar y permitir alternativas al usuario, tanto en el momento de la búsqueda de la información, en el de la organización, como en el de presentación final de la misma (correo electrónico -interno y externo-, impresión y guardado).

·       Es fundamental se tenga presente niveles de seguridad para el acceso, según convenga o se recomiende  para el tipo de manejo y, contar con un sistema “doble” de back-up automático de datos.

·       El Sistema a desarrollar debe ser accesible a través de intranet e Internet y privilegiar –en segunda instancia- la fácil visualización de los datos relevantes (vigencia o estado)

·       La Base de Datos debe permitir -desde el momento mismo de ingreso de datos- la función “espejo”; donde toda modificación, afección o relación quede instantáneamente reflejada en la norma o normas referidas. Por otro lado debe ser exportable por el operador del sistema a otros programas de uso cotidiano.

·       Los Campos de Texto no deberán tener limitación en su extensión y deberán permitir que desde el operador de la Base se le incorporen vínculos a otros documentos.

·       Los Campos, que son más de 20, pueden y debe ser recomendable que contengan limitaciones tanto, en algunos casos, respecto del número de caracteres como de su tipo, o pautas para su llenado; también podrán presentarse en forma de lista –ampliable o no- y apoyarse en herramientas de auto-texto. Alguno de los campos puede operar como calculado o automático.

·       El listado de “Descriptores”  (+/- 200) debe poder administrarse.

§       Debe proponerse un Tiempo de factibilidad para la importación de los datos y presentación del desarrollo.

§       Deben presentarse herramientas alternativas a incorporarse al desarrollo como “workflow”, “tesauro”, “detección de errores”, “macros”, “índices”, etc.

§       El o los tipos de Servicio de Soporte  y de Capacitación en Administración, Mantenimiento y Desarrollo que se brindarán, son fundamentales para dimensionar la factibilidad de un desarrollo propio que permita la sustentabilidad propia el día de mañana, o a futuro, del personal del Concejo Municipal.

§       El software o herramientas tecnológicas a desarrollar deben ser libres de licencia y su propiedad ha de quedar para el Concejo Municipal.

§       En concordancia con las inversiones hechas por el Concejo Municipal en equipamiento informático durante los últimos años, el Digesto a través de su oficina, deberá contar con el tipo de Hardware requerido a fin de garantizar la sustentabilidad del desarrollo de la tecnología

 

Ninguna de estas tareas de análisis y proyección podrán realizarse sin el encuadre de una Oficina y el acompañamiento técnico especializado.

 

ETAPAS POSTERIORES

 

La segunda etapa, hecho el análisis y la proyección de las herramientas, consistirá en adecuar el hardware, a las exigencias tecnológicas modernas; poner en funcionamiento el software, como programas libres y propios (capacidad de autonomía y sustentabilidad) y presentar una Base de Datos operativa.

 

La tercera etapa radicará en avanzar en la puesta en escena, a través de las redes del Concejo, del Municipio y de Internet, de la Base de Datos en cuestión con motores de administración, ordenamiento, clasificación y búsqueda.

 

El último módulo ha de avanzar hacia la concreción de un buscador semántico. Dicha herramienta apunta a garantizar la facilidad y el éxito en la búsqueda para el usuario común.

 

En ninguna de estas etapas, antes mencionadas, ha de perderse de vista, como se dijo en otras palabras, la propiedad intelectual del sistema en su conjunto, el entrenamiento para que el mismo sea manipulado por los agentes de este Concejo, el soporte necesario para realizar las mejoras y adaptaciones toda vez que sea conveniente y la seguridad, entendida tanto como una operatividad full-time, la no intromisión de ruidos y/o filtraciones y el resguardo de la información.

 

Esta tarea a continuar forma parte indisociable del trabajo que viene llevando este Concejo Municipal desde  la Comisión Especial de Digesto creada a partir de la  Resolución 292-CM-04,  y concordantes.