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RESOLUCIÓN N° 333-CM-07

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACION RESOLUCION 309-CM-05  DEL CONCEJO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

La Resolución 292-CM-04 que fija los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de las normas municipales.

 

La Resolución 309-CM-05 que establece el Organigrama del Concejo Municipal.

 

El Acta 177 de Comisión Legislativa de fecha 16/04/07.

 

La Resolución 10-PCM-06 que  autoriza al Presidente del Concejo Municipal a la designación y firma de un Contrato de Locación de Servicios de Asesoría Técnica para la Comisión Especial de Formulación del Digesto.

 

La Resolución 225-CM-00 que establece las directivas para el desarrollo de una base de datos de ordenanzas.

 

La Resolución 143-CM-95. Reglamento Interno Concejo Municipal.

 

La Resolución 034-CM-92

 

La Resolución 084-PCM-07, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Transcurrido más de un año de la puesta en vigencia del último organigrama del Concejo Municipal, la práctica aconseja efectuar las adecuaciones necesarias.

 

En  cuanto  al Departamento Coordinación Legislativa, la diversidad de tareas asignadas a esa área, como asimismo, la necesidad de establecer rangos de responsabilidades, aconsejan la creación de una división dependiente de la estructura del Departamento Coordinación Legislativa; que coadyuve en el cumplimiento de las funciones de supervisión de las tareas encomendadas al área.

 

Asimismo, y en razón de requerirse personal calificado para el desarrollo de las distintas tareas relacionadas a la cuestión legislativa, se requiere que se reemplacen los cargos de auxiliares administrativos por administrativos, con la consiguiente adecuación a las categorías del escalafón municipal.

 

En lo atinente a la División Biblioteca Legislativa y Archivo la misma responde a necesidades de mayor aprovechamiento del recurso humano.

 

La práctica de esta nueva dinámica de trabajo iniciada en diciembre de 1999 a la fecha, ha comenzado a poner en evidencia los logros que se percibe como beneficio tanto desde el Concejo Municipal, el Ejecutivo y de la comunidad en general.

 

Asimismo, se requiere crear una División  con personal Administrativa asignada a la misma.

 

En lo referido a la creación del Departamento de Digesto e Informática Legislativa, con fecha 08/07/04 el Concejo Municipal dictó la Resolución 292-CM-04, donde  fija los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de las normas municipales. Para obtener este objetivo, se crea en el ámbito del Cuerpo la Comisión Especial de Formulación del  Digesto que puso en marcha esta tarea.

 

Dicha Comisión ha ido dando pasos concretos, que constan en los informes realizados en el ámbito de la Comisión Legislativa y sesiones del Cuerpo. El avance del trabajo ha llegado a un punto tal que se hace necesario dar forma a la Oficina de Digesto en el ámbito del Concejo Municipal,  con la finalidad de  afianzar todos los avances alcanzados, encauzar las asignaciones pendientes, promover el o los sistemas informáticos necesarios, asegurando así la funcionalidad del ordenamiento y la sustentabilidad en el tiempo de los cambios y actualizaciones de la normativa municipal.

 

Dado el nivel de responsabilidad a asumir corresponde  que el área a crearse tenga  la jerarquía de un Departamento, dependiendo de la Asesoría Letrada del Concejo. Es necesario que dicho Departamento, esté consustanciado  con la integridad de las  distintas materias a que se refieren las ordenanzas municipales, dando continuidad en el tiempo al trabajo realizado  por la Comisión Especial de Formulación del Digesto.

 

De esta manera el Concejo Municipal puede concretar un viejo anhelo, que es tener encaminada la sistematización ordenada de todas las ordenanzas municipales dictadas, sean éstas  vigentes o no vigentes, continuando con la visualización de las vigentes en una herramienta informática concreta y encaminando a posteriori la etapa de consolidación, que comenzará con los textos ordenados, para luego avanzar con la consolidación propiamente dicha, es decir el Digesto Municipal.

 

Asimismo, se hace necesario que el área de Informática Legislativa quede bajo esta órbita, atento a la multiplicidad de tareas que se relacionan y que son necesarias para la implementación y carga del sistema.

 

La implementación de este Departamento permitirá avanzar en los caminos propuestos permitiendo que se ponga a disposición del público las ordenanzas municipales, facilitando, entre otros beneficios, una comprensión más integral de las mismas y una mayor seguridad a la hora de la consulta.

 

 

AUTORES: Comisión Legislativa.

 

 

COLABORADORES: José Pisani, Nora Skiendziel, Jorgelina Vergara y Natalia Pacheco.

 

 

La Resolución N° 084-PCM-07, con la modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 26 de abril de 2007, según consta en el Acta N° 877/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art.38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

Art.  1°)

Modificar la Resolución 309-CM-05, reemplazando  el Anexo I de la misma  por el Anexo I que se adjunta a la presente.

 

Art.  2°)

Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de la Resolución 309-CM-05, en lo atinente al Departamento Coordinación Legislativa, reemplazando los  puntos 2, 3, 4, 5 y 6 por el siguiente texto:

 

 

“2. DEPARTAMENTO COORDINACIÓN LEGISLATIVA.

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Secretaría Legislativa y Administrativa.

B) INTEGRACIÓN: Un Jefe de Departamento, un jefe de División Área Legislativa, dos administrativos y un encargado/a de Actas.

C) FUNCIONES ESPECIFICAS DEL AREA:

1) Proyectos de normas:

a) Recepcionar los proyectos de normas que efectúe el Intendente Municipal y los Concejales; y distribuir sus copias a cada Bloque Político y al Departamento Ejecutivo, dentro de las 24 horas de su recepción.

b) Observancia de la técnica legislativa aplicada.

2) Comisiones:

a) Asistencia administrativa de las distintas comisiones que integran el Concejo Municipal, a excepción de la Comisión Legislativa.

c) Labrará las actas de las Comisiones.

c) Controlar los pases de proyecto entre Comisiones.

d) Efectuar el seguimiento administrativo y documental del estado de los proyectos.

3) Sesiones de Concejo:

a) Confeccionar el orden del día para cada reunión del Concejo Municipal, según indicación del Sr. Presidente y Secretario del Concejo.

b) Realizar y girar las invitaciones a los Sres. Concejales cada vez que haya una reunión ordinaria o extraordinaria del Concejo Municipal, incluyendo en esta invitación el orden del día.

c) Confeccionar el cuadernillo fotocopiado de dictámenes para las sesiones del Concejo.

4) Actas de Sesiones

a) Grabar en cinta las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias.

b) Desgrabar y traducir mecanográficamente el Acta tomada en cada sesión.

c) Archiva las Actas originales de las sesiones del Concejo Municipal.

5) Tareas generales:

a) Archivar los antecedentes de los proyectos no sancionados.

b) Mecanografiar las ordenanzas, resoluciones, declaraciones y comunicaciones.

c) Remite un original de las normas sancionadas al Departamento Despacho de Gobierno del Departamento Ejecutivo.

d) Recepcionar las resoluciones del Departamento Ejecutivo que promulguen ordenanzas; toma registro y dispone su archivo.

e) Recepcionar las resoluciones del Departamento Ejecutivo que vetan ordenanzas; registra y eleva al Presidente del Concejo Municipal, para su eventual incorporación al Orden del Día de la próxima sesión del Concejo Municipal.

f) Llevar registro de entrada en vigencia de las normas sancionadas.

g) Control del inventario a cargo del área.

h) En general tareas de índole administrativo que contribuyan a concretar la decisión política plasmada en instrumentos de carácter legislativo.

 

3. JEFE DEL DEPARTAMENTO.

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Secretaría Legislativa y Administrativa.

B) ESTRUCTURA: Planta Permanente, Cat. 21.

C) FUNCIONES ESPECÍFICAS: Las encomendadas para el Departamento de Coordinación Legislativa y su cumplimiento.

 

a) Organización, distribución y supervisión encomendadas al Departamento de Coordinación Legislativa.

b) Observancia de la técnica legislativa aplicada.

c) Verificar y firmar el inventario de los bienes a su cargo anualmente.

d) Cumple con cualquier otra actividad indicada por su jefe inmediato acorde a su puesto.

 

4. JEFE DIVISIÓN AREA LEGISLATIVA

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Departamento Coordinación Legislativa.

B) ESTRUCTURA: Planta Permanente, Cat. 19.

C) FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Colaborar con la jefatura del área para el cumplimiento de las funciones encomendadas para el Departamento de Coordinación Legislativa.

b) Supervisión de las tareas encomendadas a los cargos administrativos como asimismo de las encomendadas a la Encargada/o de Actas de Sesiones.

c) Cumple con cualquier otra actividad indicada por su jefe inmediato acorde a su puesto.

 

5. DOS (2) ADMINISTRATIVOS

A) DEPENDENCIA DIRECTA: División Área Legislativa.

B) ESTRUCTURA: Planta Permanente, Cat. 12.

C) FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a) Recepcionar los proyectos de normas que efectúe el Intendente Municipal y los Concejales; y distribuir sus copias a cada Bloque Político y al Departamento Ejecutivo, dentro de las 24 horas de su recepción.

b) Asistencia administrativa de las distintas comisiones que integran el Concejo Municipal, a excepción de la Comisión Legislativa.

c) Labrar las actas de las Comisiones.

d) Registrar los pases de proyecto entre Comisiones.

e) Efectuar el seguimiento administrativo y documental del estado de los proyectos.

f) Confeccionar el orden del día para cada reunión del Concejo Municipal.

g) Realizar y girar las invitaciones a los Sres. Concejales cada vez que haya una reunión ordinaria o extraordinaria del Concejo Municipal, incluyendo en esta invitación el orden del día.

h) Confeccionar el cuadernillo fotocopiado de dictámenes para las sesiones del Concejo.

i) Archiva los antecedentes de los proyectos no sancionados.

j) Mecanografiar las ordenanzas, resoluciones, declaraciones y comunicaciones.

k) Remite un original de las normas sancionadas al Departamento Despacho de Gobierno del Departamento Ejecutivo.

l) Recepcionar las resoluciones del Departamento Ejecutivo que promulguen ordenanzas; toma registro y dispone su archivo.

ll) Recepcionar las resoluciones del Departamento Ejecutivo que vetan ordenanzas; registra y eleva al Presidente del Concejo Municipal, para su eventual incorporación al Orden del Día de la próxima sesión del Concejo Municipal.

 

Todas las funciones asignadas se desarrollarán de acuerdo a las directivas emanadas de la jefatura del área y de acuerdo a la organización dispuesta por la misma.

 

6. ENCARGADO/A DE ACTAS DE SESIÓN.

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Departamento Coordinación Legislativa.

B) ESTRUCTURA: Planta Permanente, Cat. 12.

C) FUNCIONES:

a) Grabar en cinta las sesiones, tanto Ordinarias como Extraordinarias.

b) Desgraba y traduce mecanográficamente el Acta tomada en cada sesión.

c) Archiva las Actas originales de las sesiones del Concejo Municipal.

 

Art.  3°)

Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de la Resolución 309-CM-05,  en lo atinente a la División Biblioteca Legislativa, reemplazando el punto 11, por el siguiente texto:

 

11. DIVISIÓN BILBIOTECA LEGISLATIVA Y ARCHIVO.

 

11. 1 - JEFE DE DIVISION:

A) DEPENDENCIA: Secretaria Legislativa y Administrativa y Jefe del Departamento de Despacho y Administración.

B) ESTRUCTURA: 

Un jefe de División Biblioteca Legislativa categoría 19  y un administrativo categoría 12, Planta Permanente.

C) MISIONES: Organizar la Biblioteca Legislativa y el Archivo tanto para el municipio, como para todo el personal, para autoridades municipales y como así también para contribuyentes en general.

D) FUNCIONES:   

a) Organizar, coordinar, compaginar e interiorizar el material bibliográfico existente.

b) Gestionar y  supervisar la consulta de la documentación prestada.

c) Búsqueda de todo tipo de normas, para toda persona que  solicite a la Biblioteca Legislativa.

d) Hacer cumplir el reglamento de la Biblioteca Legislativa (Anexo A de la Resolución 309-CM-2005).

e) Actualizar  mediante base de datos toda la documentación existente.

f) Disponer la impresión (fotocopias) de algún material que considere de interés general, e informar a las  distintas áreas.

g) Dar de alta (encuadernación) a libros de documentación  que ingresa una vez finalizado el año lectivo.

h) Recepcionar toda documentación surgida a través de ONG, Estudios, Jornadas, etc. remitida por Presidencia o Secretaria de Comunicación Institucional. La misma debe ser controlada, foliada, anillada y/o encuadernada,  ingresarla  al inventario e informar del nuevo material a las áreas respectivas.

i) Video Filmoteca, creada por Resolución 015-CM-88.

j) Registro  y codificación del ingreso de material Informático, e informar al cuerpo del material  ingresado.

k) Hemeroteca, creada por Resolución 23-CM-89, llevar un archivo diario de periódicos de la ciudad y de la Provincia, marcar, fotocopiar temas de interés para carpetas armadas por temas.

l) Dar de baja a fin de cada año lectivo a los periódicos archivados correspondiente al año PRE anterior.

m) Mantener la actualización cronológica del archivo de  los Boletines Oficiales de la Provincia de Río Negro y del Municipio.

n)  Registrar en cada norma aprobada la publicación en el Boletín Oficial (al pie de la Resolución de la Promulgación de la misma).

ñ) Verificar y firmar el inventario de los bienes a su cargo anualmente.

 

11. 2 –UN  ADMINISTRATIVO CATEG. 12:

 

A) DEPENDENCIA: Jefe de División Biblioteca y Archivo.

B) MISIÓN Y FUNCION: Tareas asignadas,  colaborar con el jefe de división para el cumplimiento de las funciones.

 

Art.  4°)

Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de la Resolución 309-CM-05,  en lo atinente a la División Biblioteca Legislativa, reemplazando el punto 11, por el siguiente texto:

 

“12. DEPARTAMENTO DIGESTO E INFORMÁTICA LEGISLATIVA.

 

12. 1- JEFE DE DEPARTAMENTO:

 

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Asesoría Letrada.

B) INTEGRACIÓN: Un Jefe de Departamento,  y un administrativo  operador del  área informática legislativa.

C) MISIÓN: Tendrá su cargo las tareas relacionadas al Digesto Municipal, la sistematización informática de las ordenanzas municipales y la actualización de  las bases de ordenanza vigentes y no vigentes; propendiendo  a un ágil y efectivo acceso a las ordenanzas municipales por parte de las distintas áreas que componen el municipio y usuarios en general a través de adecuadas herramientas tecnológicas.

Prestará los servicios de apoyo y asesoramiento informático que soliciten los usuarios del Concejo y recopilará en soporte informático toda otra normativa emergente de otra jurisdicción pero vinculadas con la materia municipal.

D) FUNCIONES ESPECIFICAS DEL AREA:

1)    Corresponde al Jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa:

 

a)     Conducir, organizar, coordinar, supervisar y controlar todas las tareas relacionadas con el área a su cargo.

b)    Proyectar, supervisar y proveer los criterios de desarrollo, actualización y mantenimiento del Digesto Municipal.

c)     Conformar y controlar la actualización de la base de datos del archivo histórico de ordenanzas, informar y coordinar con la  Secretaría de Comunicación Institucional para la difusión de las normas.

d)    Realizar el análisis normativo de las ordenanzas dictadas por el Municipio estudiando el estado de vigencia de dichas normas,  estableciendo las acciones que recaen sobre otras ordenanzas.

e)     Realizar el análisis documental que indica las normas, con identificadores normativos y  temáticos, subtemático, descriptores y palabras claves, que permitan la búsqueda y recuperación en un sistema informático.

f)     Realizar el análisis del sistema informático que pueda ser adecuado a las necesidades del área, proponiendo su  desarrollo, elaboración, programación e instrumentación   que contenga  la base informática  de datos del Digesto Municipal, sistema de búsqueda y tesauro léxico.

g)     Coordinar el trabajo específico de las pasantías y locaciones de servicios contratadas o a contratar para la conformación del Digesto Municipal.

h)    Promover las acciones necesarias para permitir a los usuarios internos y externos la búsqueda de ordenanzas municipales a través de sistemas de Internet e Intranet.

i)      Supervisar la digitalización,  carga digital e incorporación de las ordenanzas a la base de datos del sistema informático con sus respectivas carátulas.

j)      Difundir en forma digital, los textos actualizados de las ordenanzas.

k)    Proponer a la Comisión Legislativa proyectos de ordenanza de textos compatibilizados, en materias varias veces reguladas y/o modificadas  parcialmente.

l)      Prestar asesoramiento en materia de técnica legislativa  específica a los fines del Digesto, a las Comisiones Permanentes del  Concejo Municipal, a requerimiento de sus integrantes.

m)   Realizar estudios y  observaciones, en lo que es materia de su competencia, aconsejando y/o proponiendo alternativas a la Presidencia del Cuerpo.

n)    Organizar las tareas dentro de su ámbito con el objeto de afrontar las prioridades encomendadas así como las demás obligaciones y facultades que sean una derivación de aquellas compatibles con el cargo y necesarias e indispensables a los fines de esta reglamentación.

 

12. 2  ÁREA DE INFORMÁTICA LEGISLATIVA:

 

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa.

B) ESTRUCTURA: Un Administrativo  Operador Informático, Cat. 15.

C) FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Son funciones específicas del Operador Informático:

 

a)     Controlar el normal funcionamiento de los sistemas informáticos instalados, implementando el respaldo de  la información generada por los usuarios de los sistemas,  en especial lo referente a las bases de ordenanzas y Digesto.

b)    Proponer a la Secretaría Legislativa, la reparación, cambio de Hardware o servicio de mantenimiento cuando lo considere necesario.

c)     Asesorar a la Presidencia del Concejo, en todo lo inherente a la adquisición de equipamiento, modificación, instalación o cambio de Software,  ampliación de capacidad e incorporación de elementos que permitan elevar la eficiencia en la prestación del servicio como así también el uso provisorio de equipos externos al Cuerpo para la cobertura de algunas tareas específicas.

d)    Informar a la jefatura del área sobre las aplicaciones en uso propias del área, su rendimiento y grado de avance de los procesos en desarrollo.

e)     Realizar la digitalización,  carga digital e incorporación de las ordenanzas a la base de datos del sistema informático con la actualización de sus respectivas carátulas

f)     Actualizar la base de datos del archivo histórico de ordenanzas.

g)     Atender en forma verbal o escrita las consultas sobre las ordenanzas incorporadas en el  Digesto Municipal y en la base de datos de ordenanzas no vigentes  que le sean requeridas por otros Poderes del Municipio, reparticiones  u organismos centralizados o descentralizados, entes autárquicos, entidades intermedias y/o de bien público, como asimismo a particulares que lo requieran.

h)    Realizar la búsqueda y recopilación en formato digital de normas de otras jurisdicciones  vinculadas con la materia municipal, para ser utilizadas por las autoridades y personal del Concejo Municipal.

i)      Organizar las tareas para afrontar las prioridades encomendadas

j)      Desarrollar las tareas administrativas que le sean encomendadas dentro del área.

 

Art.  5°)

Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de la Resolución 309-CM-05, en lo atinente al Profesional de 1º  de la Asesoría Letrada  reemplazando el punto 23, por el siguiente texto:

 

23. PROFESIONAL DE 1º.

A) DEPENDENCIA DIRECTA: Asesoría Letrada.

B) ESTRUCTURA: Administrativo Calificado, Categoría equivalente a Jefe de División (Cat. 19).

C)   FUNCIONES ESPECÍFICAS:

a)     Asistir administrativamente al Asesor Letrado y todo tipo de tareas que le sean encomendadas por éste.

b)    Desarrollar las tareas administrativas del Digesto Municipal.

 

Art.  6°)

Asignar la erogación  a la partida Presupuestaria “Personal” del Presupuesto del Concejo Municipal.

 

Art.  7°)

Facultar al Presidente del Concejo Municipal a realizar las diligencias pertinentes para la puesta en marcha del mismo.

 

Art.  8)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.