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RESOLUCIÓN N.º 634-CM-20

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ORDENA PUBLICACIÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA 3158-CM-20

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 3158-CM-20: Crea Plan de regularización de obligaciones municipales. Incrementa coeficiente TISH para grandes empresas. Covid-19.

 

Nota enviada el 30 de junio de 2020 por el Departamento Ejecutivo solicitando publicación de Fe de Erratas.

 

Resolución 462-CM-15: Reglamento Interno del Departamento Deliberante de San Carlos de Bariloche.

 

Resolución 112-PCM-20 del 1 de julio de 2020 firmada por la Presidenta del Concejo Municipal, Natalia Almonacid.

 

FUNDAMENTOS

 

En la sesión extraordinaria del 25 de junio del 2020, este Concejo sancionó la ordenanza 3158-CM-20: Crea Plan de Regularización de obligaciones municipales. Incrementa coeficiente TISH para grandes empresas. Covid-19 .

 

El proyecto 082-20, de autoría del señor Intendente Municipal Gustavo Gennuso, fue ingresado el 22 de junio de 2020. El mismo establecía como objeto de la norma, en su artículo 1º, la creación del “Plan de Regularización de obligaciones municipales” el cual tiene un plazo de “noventa (90) días a partir de la implementación de la presente”.

 

 

 

Finalmente el artículo 1º fue aprobado variando su redacción y con la sustitución del término “implementación” por “promulgación”, quedando redactado de la siguiente manera: artículo 1° “Objeto. Se crea el Plan de Regularización de obligaciones municipales, por el plazo de noventa (90) días desde la promulgación de la presente”.

 

El 30 de junio, esta Presidencia recibió una nota del Intendente Municipal, autor del proyecto. En la nota se solicitaba la publicación de un “Fe de erratas” modificando el artículo 1° de la ordenanza en cuestión. Explica en la nota remitida que “… el espíritu original de la norma se debe a que es necesario un tiempo para poder llevar adelante la implementación del plan de regularización que a partir de la misma se crea, por lo que el plazo regiría una vez el mismo se encontrara reglamentado y listo para ser implementado por la autoridad de aplicación…”. Por tanto requiere que se modifique mediante Fe de Erratas, para que el artículo 1° quede redactado de la siguiente manera: “Objeto. Se crea el Plan de regularización de obligaciones municipales, el cual tiene un plazo de noventa (90) días a partir de la implementación de la presente”.

 

El criterio que refiere el señor Intendente ha sido receptado por la ordenanza aprobada, tal como se observa en el artículo 8° inciso a) “a) Condonación del 100% de intereses de obligaciones municipales al 31 de diciembre de 2019 por espacio temporal para adhesión de noventa (90) días corridos desde su implementación”.

 

Ante los extremos expuestos por el señor Intendente Municipal, teniendo en cuenta que se requiere un período de tiempo prudencial para llevar a cabo la implementación del plan creado por la ordenanza 3158-CM-20 y encontrándome dentro del plazo previsto por el artículo 9° inciso z), ordeno la publicación del presente Fe de Erratas.

 

 

AUTORA: Presidenta del Concejo Municipal, Natalia Almonacid.

 

 

 

 

 

 

 

La resolución 112-PCM-20, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 23 de junio de 2020, según consta en el Acta N.º 1129/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art. 1°)

Se ordena la publicación de Fe de Erratas de la ordenanza 3158-CM-20 sancionada el 25 de junio del 2020. En el Artículo 1° donde dice “Objeto. Se crea el Plan de Regularización de obligaciones municipales, por el plazo de noventa (90) días desde la promulgación de la presente.”, debe decir:

 

“Objeto. Se crea el Plan de Regularización de obligaciones municipales, el cual tiene un plazo de noventa (90) días a partir de la implementación de la presente”.

 

Art. 2°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la Fe de Erratas que se adjunta como anexo I de la presente.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

PODER LEGISLATIVO

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

FE DE ERRATAS

 

 

RESOLUCIÓN 634-CM-20

 

Mediante Resolución 112-CM-20, la Presidenta del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche ordena la publicación de Fe de Erratas de la ordenanza 3158-CM-20, sancionada el 25 de junio de 2020, en el artículo 1° donde dice: “Objeto. Se crea el Plan de Regularización de obligaciones municipales, por el plazo de noventa (90) días desde la promulgación de la presente.”, debe decir : “Objeto. Se crea el Plan de Regularización de obligaciones municipales, el cual tiene un plazo de noventa (90) días a partir de la implementación de la presente”.