DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE CONTRATA DEPARTAMENTO COODINACIÓN LEGISTATIVA SRTA. ANALÍA ELIZABET RODAS, CATEGORÍA 12

 

 

ANTECEDENTES

Resolución 113-PCM-2018.

 

Nota n.º 941-SL-2018 de fecha 18/12/2018, secretaria legislativa del Concejo Municipal.

 

FUNDAMENTOS

 

Es indispensable contar con una persona que tenga experiencia en las tareas a encomendar.

 

Por nota n.º 941-SL-2018 de fecha 18/12/2018 la secretaria legislativa del Concejo Municipal, informa la renovación del contrato de la Srta. Analía Elizabet Rodas del 01/01/2019 hasta el 31/12/2019, para desempeñarse como administrativa en el departamento Coordinación Legislativa del Concejo Municipal.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art.1º) Se renueva contrato desde el 01/01/2019 hasta el 31/12/2019 a la Srta. Analía Elizabet Rodas DNI 28049796, con categoría 12, para desempeñarse como administrativa en el departamento Coordinación Legislativa dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.

 

Art.2º) Se comunica al Departamento de Personal y al Departamento de Sueldos a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

 

Art.3º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

San Carlos de Bariloche, 21 de diciembre de 2018.

DAB/CRH/cmf

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 21 /12 /2018

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Día de impresión: 21/01/2019 14:05

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DDYA

 

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

 

Concejo Municipal

Municipalidad de San Carlos de Bariloche

"No a la violencia de género. Ni una menos"

(ordenanza 2825-CM-2017)

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por el Señor DIEGO BENÍTEZ DNI 21.431.424 , en lo sucesivo “EL CONCEJO”, con domicilio real en el centro cívico de la ciudad de San Carlos de Bariloche provincia de Río Negro y por la otra la Srta. ANALÍA ELIZABET RODAS DNI 28.049.796 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Camacua n.º 3472 también de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro, denominado “ LA CONTRATADA” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber: ---------------------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-C-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 324-PCM-2018, o habiendo cesado las mismas. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre 2019 inclusive; para cumplir funciones como administrativa en el departamento Coordinación Legislativa del Concejo Municipal. La contratada reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informada y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporario que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.----------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará a LA CONTRATADA una remuneración mensual equivalente a la categoría 12 del escalafón Municipal; siendo dicha retribución de $ 12.760,65 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.-------------------------------------------------------

QUINTA: LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: LA CONTRATADA queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad , no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de San Carlos de Bariloche.---------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución de LA CONTRATADA estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.---------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte de LA CONTRATADA de sus obligaciones, dará derecho a EL CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna y sin derecho a resarcimiento-----------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 365 días a partir del 01/01/2019, operando en consecuencia el vencimiento el 31/12/2019 fecha en la cual quedar extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a LA CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: LA CONTRATADA queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.-------------------------------------

DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las notificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.-------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 21 días del mes de diciembre de 2018.

 

 

Firma del Contratado / a

ANALÍA ELIZABET RODAS

DNI 28.049.796