DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ESTABLECEN LICENCIAS POR MATERNIDAD SECRETARIAS DE BLOQUES

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 137-C-1988. Estatuto obreros y empleados municipales de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Ordenanza n.º 2585-CM-2014, artículo 2.º. Consolidación normativa licencia por maternidad.

 

Resolución 471-CM-2015. Establece organigrama Concejo Municipal.

 

Acta n.º 123/2018 de la Comisión Legislativa.

FUNDAMENTOS

Por ordenanza 137-C-1988 en su artículo 86.º, establece licencia por maternidad de los obreros y empleados municipales por el termino de 180 días corridos.

 

Por ordenanza n.º 2585-CM-2014 en su artículo 2.º establece que las licencias por paternidad y maternidad previstas en la ordenanza 137-C-1988 son aplicables al personal político del municipio.

 

Por resolución 471-CM-2015 se estable el organigrama del Concejo Municipal, definiendo en el anexo II (manual de misiones y funciones) punto 15.2.A) , el cargo político de secretarias de bloque por un monto total de 60 puntos por concejal.

 

En la Comisión Legislativa de fecha 19/09/2018, acta n.º 123/2018, se estableció disponer que en los casos de licencia por maternidad de las secretarias de los concejales, el reemplazo temporario se realizará bajo las mismas condiciones de designación que mantenía la secretaria en ejercicio.

 

 

AUTOR: presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez (bloque JSB).

 

INICIATIVA: Comisión Legislativa del Concejo Municipal.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "y" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se establecen que en los casos de licencia por maternidad de las secretarias de los Bloques, se designará el reemplazo temporario por el tiempo que dure la licencia, desempeñando las mismas funciones y bajo las mismas condiciones de designación que mantenía la secretaria en ejercicio.

 

 

 

 

 

 

 

Art. 2.º) Se comunica la presente resolución al Departamento de Personal, al Departamento de Sueldos, al Tribunal de Contralor y al Departamento de Contaduría.

 

Art. 3.º) La presente resolución se aprueba ad referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 19 de septiembre de 2018.

 

DAB/CRH/vhf