DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RENUEVA CONTRATO DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL SRA. ANTONELLA TULINO CATEGORÍA 19

 

ANTECEDENTES

Resolución n.º 373-PCM-2016.

 

Nota n.º 623-SL-2017 de fecha 19/12/2017, a cargo secretario legislativo Concejo Municipal Jonathan Zona.

FUNDAMENTOS

Por resolución 373-PCM-2016 se contrató a la Sra. Antonella Tulino, para ocupar el cargo encomendado como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal.

 

Por nota n.º 623-SL-2017 de fecha 19/12/2017, el contador Jonathan Zona a cargo de la Secretaría Legislativa, informa la renovación del contratode la Sra. Antonella Tulina, categoría 19, por el término de doce (12) meses.

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se renueva el contrato a partir del 01/01/2018 hasta el 31/12/2018 inclusive a la Srta. Antonella Tulino, DNI 32.771.988, con categoría 19, para desempeñarse como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales, rotativas.

 

Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Sueldos, al Departamento de Personal y a las áreas interesadas.

 

Art. 3.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 20 de diciembre de 2017.

 

DAB/JIAZ/cmf

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 20 /12 /2017

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Día de impresión: 29/12/2017 11:26

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DDYA

 

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

 

“No a la violencia de genero. Ni una menos” (ordenanza 2825-CM-2017)

 

 

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIO NEGRO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por el señor DIEGO BENÍTEZ DNI 21.431.424, en lo sucesivo "EL CONCEJO” a los efectos del presente contrato, con domicilio real en MAI 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche provincia de Río Negro y por la otra la Srta. ANTONELLA TULINO DNI 32.771.988 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Jorge Cafrune 16182, también de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro , denominado “ LA CONTRATADA” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:----------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contratan los servicios de LA CONTRATADA de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 458-PCM-2017----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive; para cumplir funciones como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal. El contratado reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporal que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.----------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará a LA CONTRATADA una remuneración mensual equivalente a la categoría 19 del escalafón municipal; siendo dicha retribución de $ 11.768,83 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.-------------------------------------------------------

QUINTA: LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: LA CONTRATADA queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad ni a la carrera administrativa, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche.-------------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución del CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24.241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.---------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte del CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho al CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna.-------------------------------------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 365 días a partir del 01/01/2018, operando en consecuencia el vencimiento el 31/12/2018 fecha en la cual quedan extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a LA CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: LA CONTRATADA queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.-------------------------------

DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las bonificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la III Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.---------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 20 días del mes de diciembre de 2017.

 

 Firma del Contratado / a

ANTONELLA TULINO

DNI 32.771.988