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COMUNICACIÓN  N° 685-CM-10

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR AL EJECUTIVO  MUNICIPAL APOYO A LA CONSTRUCIÓN ESTABLECIMIENTO DEL INIBIOMA.

 

 

ANTECEDENTES

 

Decreto Ley 1291/58 y sus modificatorias: Leyes 16.868; 17.202 y 18.788 y Decretos 200/8l; 724/86; 719/91 y 2.468/91.

 

Ley 23.877: Promoción y fomento de la innovación tecnológica.

 

Ley 25.467: Ley marco de Ciencia y Tecnología.

 

Constitución Provincial.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Código Urbano 1995.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Por medio del decreto Ley 1291 se creó el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), que tiene por misión promover, coordinar y ejecutar investigaciones, en el campo de las ciencias puras y aplicadas, dentro del ámbito de su competencia.

 

Ya desde su creación, y para el cumplimiento de sus objetivos,  se preveía explícitamente la creación de las Unidades Ejecutoras (UE), las que constituirían un instrumento eficaz para llevar a cabo la política científica, encuadrada ésta a su vez dentro de los planes de la Secretaría de Ciencia y Tecnología; esto se encuentra claramente plasmado en el artículo 2º, inciso d, del Decreto Ley 1291/58 (texto ordenado):

“Artículo 2º) Para el cumplimiento de sus objetivos el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, tendrá las siguientes funciones:

d) Crear y promover institutos, laboratorios y otros centros de investigación o servicio, los que podrán funcionar en universidades y otras instituciones oficiales o privadas, según los términos que se acordaren con las mismas, o bajo la dependencia directa del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, así como evaluar su acción”.

 

En este sentido, para llegar a todo el país, se trabajó en un  modelo territorial  descentralizador, creando centros científicos tecnológicos (CCT), con el objetivo que cubran las principales regiones del país, y cuya finalidad está centrada en la gestión institucional  y los servicios comunes a distintas UE. Para ello se crearon el CCT Buenos Aires, CCT La Plata, CCT Córdoba, CCT Noroeste, CCT Noreste y el CCT Comahue.

 

Los CCT del CONICET,  son estructuras funcionales de amplio espectro temático, cuyo objetivo primordial es asegurar un ámbito apropiado para la ejecución de investigaciones científicas, tecnológicas y de desarrollo en el espacio físico y de influencia que le compete.  El CCT contribuye a interrelacionar las UE y los grupos de investigación en la zona de su inserción; brinda servicios de apoyo prioritariamente a las UE y los grupos de investigación que le están formalmente vinculados y también a terceros; y articula y mantiene relaciones de cooperación y difusión con la  comunidad. 

 

 En este marco, en el año 2007, se creó el Instituto de Investigaciones en Biodiversidad y Medioambiente (INIBIOMA), del Centro Científico Tecnológico (CCT) CONICET Comahue, el que actualmente tiene su sede en la Universidad del Comahue de nuestra ciudad.

 

El INIBIOMA está gestionando, hace tiempo,  la obtención de un espacio propio; este proyecto de establecimiento prevé su instalación en un predio de propiedad de la Provincia de Río Negro, conocido como Piscicultura / Salmonicultura. Esta parcela fue utilizada históricamente para la investigación y el desarrollo tecnológico:

 

  1. 1904 a 1972. Desarrollo de actividades de siembra de truchas y salmones en los espejos de agua de la Región Patagónica, Dirección Nacional de Pesca Continental de la RA.
  2. 1972 a la fecha. Se integran las actividades de la Estación de Salmonicultura a la docencia universitaria (Con la creación de la Universidad del COMAHUE: Carrera de Técnico en Acuicultura CRUB-UNCO).
  3. 1991 se establece un comodato por 15 años (NACION-UNCOMA) para desarrollar actividades de Investigación-Extensión y Formación de Recursos Humanos).
  4. Actualmente existen dos laboratorios: Fotobiología y GEA y una Estación Meteorológica de INIBIOMA (CONICET-UNCCDMA), con 16 investigadores de CONICET y UNCOMA trabajando de I+O+i, (investigación, desarrollo e innovación).

 

Si bien la fracción cambió de titularidad, siempre se mantuvo dentro de la órbita estatal, con el mismo uso de investigación, tecnología y educación. En la actualidad, mediante convenios entre la Provincia de Río Negro, titular de la fracción, con entes nacionales y/o autárquicos de administración mixta, se propone un desarrollo integral de ciencia, tecnología e investigación de gestión conjunta.

 

El proyecto se fundamenta en la reglamentación urbana a través de los estudios del Plan Director de San Carlos de Bariloche y su posterior reglamentación mediante el Código de Planeamiento, donde se establecen los parámetros urbanos, vigentes hasta la fecha.

 

El Código urbano (1995) determina la caracterización de Área de Ocupación concertada (AOC); pero en este caso, entendemos que no corresponde, puesto que el Art. 11.1 establece: "Apruébese la vigencia del Régimen de Manejo de Áreas de Ocupación Concertada (AOC), como mecanismo de concertación entre:

 

El Sector Privado: En carácter de inversor, que propondrá el plan, las obras y su cronograma de realizaciones.

 

El Sector Público: como organismo de control y aplicación del Plan Urbano y como nexo con los organismos de aplicación de las obras de infraestructura y equipamiento necesario, los que correrá a cargo financieramente del inversor…”

 

En este caso particular, no hay un inversor privado con manifiesta utilización de la tierra como bien de cambio, y sí hay propuestas de parte del estado provincial para profundizar los usos ya instaurados.

 

En este sentido, el INIBIOMA está solicitando un permiso de ampliación de obras conforme al Código Urbano (Pág. 57), pidiéndole al Municipio el reconocimiento formal del carácter público (Nación - Provincia de Río Negro) de este emprendimiento, no correspondiendo el tratamiento indicado para AOC.

 

 Su mayor apremio para obtener los permisos correspondientes, reside en el vencimiento del plazo de ejecución de los fondos destinados al proyecto. Estos fondos deben ser utilizados o en su defecto, restituidos en un plazo no mayor de 90 días de no contarse de garantías suficientes para su aplicación. Con ello, también se perdería el acceso al fondo mayor previsto en el Plan Nacional de Obras de Ciencia y Tecnología para la construcción de las instalaciones que se detallan ($ 40.000.000).

 

 

AUTOR: Concejales Prof. Alfredo Martín, Silvia Paz (FG-FPV) y Lic. Arabela Carreras (SUR-FpV).

 

 

El proyecto original Nº 658/10, fue aprobado en la sesión del día 2 de julio de 2010, según consta en el Acta Nº 946/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art.  1°)

Se comunica al señor Intendente Municipal de San Carlos de Bariloche,  que este Concejo Municipal apoya el proyecto de establecimiento del Instituto de Investigaciones en Biodiversidad y Medioambiente, INIBIOMA, del Centro Científico Tecnológico, CCT CONICET COMAHUE, en el predio de propiedad de la Provincia de Río Negro conocido como Piscicultura/Salmonicultura.

 

Art.  2°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Municipal la imperiosa necesidad que se agilicen los trámites administrativos para la ampliación de obras del INIBIOMA, en virtud del carácter público del proyecto y de los plazos perentorios de los que se dispone.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Cumplido, archívese.