Imprimir

COMUNICACION N° 587-CM-08

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL LA PROBLEMÁTICA GENERADA POR EL HUSO HORARIO VIGENTE PARA EL PERIODO ESTIVAL EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE.

 

 

ANTECEDENTES

 

Huso horario 2 horas al Oeste del Meridiano de Greenwich.

 

Ley 25155.

 

Ley 26350.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El huso horario es una zona de la superficie terrestre comprendida entre dos meridianos (semicírculos que unen los polos Norte y Sur) que mide 15 grados de longitud (aunque ahora cada una se adaptó a las fronteras internacionales o límites regionales para facilitar las actividades comerciales). En total son 24 y el punto de inicio para contarlos es el Meridiano de Greenwich (está en Inglaterra y tiene 12 husos al Este y 12 al Oeste), a partir del que se sumará una hora por cada huso atravesado hacia el Este y se restará una hora hacia el Oeste.

 

En 1920, Argentina se adhirió a la Convención Internacional de Husos Horarios. Pero desde entonces se registró una política bastante errática con el manejo de su hora oficial.

 

Hasta 1930, se aplicó durante todo el año la hora que geográficamente le corresponde al país y que coincide con el "huso 4 al Oeste del meridiano de Greenwich". Con el primer golpe militar, en 1930, arrancaron los cambios de horarios: para el verano se fijó el huso 3, mientras que para el período invernal se estableció el huso 4. Ese esquema se mantuvo hasta 1969 y se dejó de usar porque ya no aportaba beneficios.

 

En el período que va de 1969 a 1974, se regresó al huso 3 todo el año. En 1974, se pasó al huso 4 en el verano. A fin de ese año, se volvió a aplicar el huso 3 que siguió vigente hasta 1988. Ese año, la crisis energética provocó otro salto, pero esta vez al huso 2.

 

En 1989, Carlos Menem volvió a modificar los relojes: estableció el huso 2 en el verano y el retorno del huso 3 para el invierno. Ese esquema se mantuvo hasta 1993 y a partir de ese año y hasta 1999 se retornó al huso 3 para todo el año.

 

En 1999, el Congreso aprobó la Ley 25155 que fijaba la adopción del huso 4 en invierno y el regreso al huso 3 en el verano. Ese cambio no llegó a aplicarse. Tras comprobar que en lugar de producir un ahorro, iba a generar un mayor consumo, el Gobierno de la Alianza decidió su suspensión.

 

El último antecedente de modificación del huso horario se registró en 2004 y respondió a una decisión parcial que habían tomado varias provincias cordilleranas y de la región patagónica al retrasar sus relojes una hora.

 

La medida había sido adoptada por Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz, La Rioja, Tucumán, Catamarca, San Juan, San Luis y Mendoza para afrontar los primeros síntomas de la crisis energética que había tomado por sorpresa al gobierno de Néstor Kirchner. Superado el invierno, las provincias volvieron a alinearse con la Nación y hacia octubre de 2004, todas regresaron al huso horario 3 que había mantenido el resto del país.

 

El 27 de diciembre de 2007 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 26350 que establece el adelantamiento de 60 minutos de la hora oficial a partir de la hora cero del 30 de diciembre, dentro del programa general de uso racional y eficiente de la energía. En marzo el país volvería a su hora actual.

 

El articulado de dicha Ley dice textualmente:

 

Artículo 1º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período invernal, la del Huso Horario TRES (3) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.

 

Artículo 2º Establécese como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el período estival, la del Huso Horario DOS (2) HORAS al Oeste del meridiano de Greenwich.

 

Artículo 3º El período estival correspondiente al año 2007/2008, se iniciará a la CERO (0) HORA del día domingo 30 de diciembre de 2007 y se extenderá hasta la CERO (0) HORA del día domingo 16 de marzo de 2008.

 

Artículo 4º El Poder Ejecutivo nacional fijará anualmente la fecha de iniciación y de terminación del período estival que corresponda.

 

Artículo 5º El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Secretaría de Energía y de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), realizará periódicamente los estudios pertinentes que permitan evaluar las consecuencias de la implementación del cambio de la hora oficial.

 

Teniendo en cuenta esta gran variedad de hechos, es evidente el trastorno que provoca a la población de Bariloche en sus costumbres y horarios, con un “anochecer” pasadas las 23 hs. en los primeros días de enero. Generando además, que una gran variedad de comercios estiren sus horarios de atención atendiendo este comportamiento social provocado por el sistema horario, sin generar una sensible merma en el uso del sistema eléctrico.

 

La Dirección de Energía de la Cooperativa de Electricidad Bariloche ha realizado estudios a fin de evaluar en forma más aproximada los efectos que pudieron verificarse sobre la demanda de energía eléctrica en Bariloche por efectos del corrimiento horario, siendo los puntos principales los siguientes: En primera instancia comparando la potencia máxima registrada en enero  2008 respecto de la de enero 2007 podemos ratificar que se verificó un corrimiento de la curva de carga y la demanda máxima registrada fue solamente un 2.4% superior al año anterior. Si consideramos que la tasa de crecimiento de la demanda prevista es promedio de un 8%, se podría inferir que el efecto del corrimiento horario produjo una disminución de la demanda máxima de un 5,6 % respecto de la prevista.

 

Diferentes son los resultados relativos al consumo de energía, ya que el total de enero de 2008 resultó ser un 5,6 % superior a enero 2007, lo que indica que parte de la baja demanda máxima por el corrimiento de horario finalmente se compensó en algún otro horario, principalmente el inmediato posterior a la máxima. Igualmente respecto de la tasa de crecimiento promedio anual de la energía prevista, la demanda de energía resultó levemente inferior (2,4 % en menos).

 

Podemos concluir que el corrimiento horario tuvo efectos sobre la potencia máxima demandada por lo que la misma fue un 5,6 % inferior a lo previsto sin corrimiento horario, y el consumo de energía fue un 2,4 % inferior al previsto.

 

El gobierno de San Luis, en este sentido, decidió volver a la hora anterior en la provincia.

 

El vice gobernador a cargo del Poder Ejecutivo, Jorge Luis Pellegrini, dio a conocer el decreto que dispone retrasar una hora todos los relojes en el territorio provincial. El mismo explicó en una conferencia de prensa que la medida había sido acordada con distintos sectores de la producción y la industria y luego de verificarse en la Comisión Reguladora de Energía que la curva de consumo desde que se aplicó la ley nacional de reducción del gasto energético, en la provincia no había dado resultados.

 

También hizo pública una queja: que el gobierno central no haya explicado técnicamente a los legisladores nacionales los fundamentos que originaron la ley respectiva. La medida fue recibida con cierto alivio por parte de la población ya que existen quejas permanentes de la gente porque sus tareas laborales terminan demasiado tarde.

 

Siguiendo los pasos puntanos, diputados del Frente Cívico y Social de Catamarca presentaron un proyecto para que el Gobierno Nacional dé marcha atrás con el cambio horario. Para los diputados de Catamarca, la modificación de la hora oficial "no ha tenido en cuenta cuestiones atinentes al comportamiento humano", dado que consideran que "la alteración de los ritmos biológicos por modificaciones en los hábitos y costumbres de vida que conlleva han provocado diversos trastornos de salud".

 

Con este argumento, solicitaron al Poder Ejecutivo "que revise los alcances de la Ley 26350, conforme a las facultades que le ha asignado dicha norma, para restablecer en aquellas jurisdicciones del oeste argentino recostadas sobre el eje cordillerano el huso horario que regía con anterioridad al 30 de diciembre de 2007".

 

Aquí, la verdadera solución sería invertir, palabra poco conocida en los últimos tiempos, en materia de energía. La capacidad energética sigue siendo la misma que hace 20 años, con una población y con una industria que, lógicamente, ha crecido.

 

Los argentinos soportaremos, una vez más, este tipo de medidas sin sentido que no dan solución alguna al problema, simplemente postergar lo inevitable.

 

 

 

 

AUTORES: Concejales Laura Alves, Claudio Otano (Concertación), Daniel Pardo (PPR) y Darío Rodríguez Duch (ARI).

 

 

 

El proyecto original Nº 029/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 14 de febrero de 2008, según consta en el Acta Nº 897/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACION

 

 

Art.  1°)

Comunicar al Poder Ejecutivo Provincial la problemática que provoca en la comunidad de San Carlos de Bariloche el huso horario 2 horas al Oeste del Meridiano de Greenwich establecido por la Ley Nacional 26350 para el período estival, conforme a lo expresado en los fundamentos de la presente.

 

Art.  2°)

Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que gestione ante el Poder Ejecutivo Nacional el establecimiento del huso horario 3 horas al Oeste del Meridiano de Greenwich para los períodos estivales de acuerdo a las facultades que le confiere el artículo 4 de la Ley 26350.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.