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COMUNICACIÓN N.º 1075-CM-21

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA Al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y PROVINCIAL INCORPORE AL PLAN DE VACUNACIÓN TRABAJADORES MUNICIPALES

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

DNU 260/ 20 del Poder Ejecutivo Nacional: Amplía la emergencia pública sanitaria nacional en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la salud en razón del Covid-19.

 

DNU 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional: Declara aislamiento social, preventivo y obligatorio en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Decreto 01/ 20 de la Provincia de Río Negro: Declaración estado de alerta sanitaria. Boletín oficial RN 5860.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Resolución 755-I 20: Prohibir a partir de 19 de marzo de 2020 hasta 31 de marzo de 2020 inclusive toda actividad en bares, cervecerías y afines a partir de las 20 h.

 

Resolución 679-I-20: Adherir a la declaración de estado de máxima alerta sanitaria para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna  en la jurisdicción del Municipio de San Carlos de Bariloche en orden a la situación existente con el Covid-19, en los términos de el decreto 236/20 de la Provincia de Río Negro.

 

Resolución 723-I-20: Suspender la actividad turística en la concesión del Cerro Campanario, restringiendo el ingreso de visitantes tanto nacionales como extranjeros a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de 2020.

 

Resolución 811-I-20: Reglamentar el alcance del artículo 6°, del Decreto de Necesidad y Urgencia  297/2020.

 

Resolución 815-I-20: Horarios comercios exceptuados  del aislamiento social, preventivo y obligatorio, autorizados mediante resolución 811-I-20.

 

Resolución 816-I-20: Gratuidad del servicio de transporte urbano de pasajeros para determinados sujetos.

 

Comunicación 1066-CM-21: Comunica al Ministerio de Salud de la Nación Incorpore al Plan vacunatorio Nacional a trabajadores de Comercio y TUP.

 

Nota n.º 104/2021 de Concejal Marcelo Casas al Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 10/5/21 solicitando realice las gestiones necesarias para la priorización de empleadas y empleados municipales en el plan de vacunación.

 

FUNDAMENTOS

 

Considerando la gravedad de la emergencia pública sanitaria nacional a la que nos enfrentamos, que fuera también reflejada por la Provincia de Río Negro a través de los decretos 01/20 y 236/20 en donde se declara la emergencia sanitaria en todo el territorio provincial y se establece el estado de alerta sanitaria respectivamente, y habida cuenta de que el Poder Ejecutivo Nacional declaró el aislamiento social preventivo y obligatorio a través del DNU 297/20 y considerando que la situación epidemiológica persiste y así persiste el riesgo para la población lo que ha llevado a tomar medidas regional y localmente en pos del cuidado, pero también así,  garantizar acceso al derecho y a los servicios básicos, responsabilidad del Municipio, por lo cual muchas trabajadoras y trabajadores municipales se ven en permanente exposición para poder cumplir con sus tareas y generar las condiciones de funcionamiento de la ciudad. Vemos necesario y urgente arbitrar ante quien corresponda, que los 700 trabajadoras y trabajadores municipales que se encuentran realizando tareas de servicio en las calles y de atención al público, sean contemplados para ser priorizados en el plan de vacunación.

 

Debemos tener en cuenta que el 29 de diciembre de 2020, comenzó en nuestra República el plan de vacunación contra Covid-19 y es de público conocimiento que entre ese momento y el actual, el sistema de salud se ha visto colapsado. Nuestra ciudad no ha sido la excepción y permanentemente vemos los comunicados acerca del aumento de contagios, las cifras de los fallecimientos y la escasez de camas de terapia intensiva.

Todo lo mencionado indica que es indispensable considerar la vacunación como medida de cuidado urgente para los trabajadores y trabajadoras municipales que se encuentran en sus puestos y han desarrollado sus tareas desde el primer momento y a lo largo de toda la crisis. En su constante accionar deben relacionarse permanentemente con la población, que los convierte de hecho en esenciales, ya que su actividad y presencialidad impide que la ciudad colapse en todos sus aspectos, deben ser protegidos para garantizar esta continuidad y además protegiéndolos a ellos también se disminuiría la posible circulación del virus dado que en caso de enfermar y debido a sus tareas serían potenciales trasmisores. Las trabajadoras y trabajadores que solicitamos se prioricen en el esquema, llevan adelante tareas en las cuales no es posible el aislamiento, y hemos visto que a pesar de los protocolos y las medidas tomadas los contagios aumentan, estando ellos entre los más expuestos, por lo cual es dado concluir en que es imprescindible sean vacunados cuanto antes.

 

Por todo lo expuesto entendemos que es pertinente y urgente que las trabajadoras y trabajadores municipales de San Carlos de Bariloche, en especial a quienes realizan tareas en modo presencial, con atención al público o su obligación les imponga recorridos por la ciudad, sean incluidos como grupo prioritario en el plan de vacunación contra el Covid-19.

 

AUTORES: Concejales Marcelo Casas. Roxana Ferreyra y Julieta Wallace (FdT).

 

COLABORADORA: Silvia Devalle.

 

El proyecto original N.º 318/21 fue aprobado en la sesión del día 17 de junio de 2021, según consta en el Acta N.º 1146/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se solicita al Ministerio de Salud de la Nación incorpore al plan de vacunación nacional a las trabajadoras y trabajadores municipales de san Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

Se solicita al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro coordine con la autoridad nacional las gestiones necesarias para la inclusión de dichos trabajadores y trabajadoras en el plan de vacunación Covid-19.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.