COMUNICACIÓN N.º 972-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA AL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE YPF INFORMACIÓN SANEAMIENTO POR DERRAME EN VACA MUERTA

 

 

ANTECEDENTES

 

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, ONU, 1992.

Constitución Nacional, artículo 41º.

 

Ley nacional 25675: Política ambiental nacional.

 

Ley 1875 de la Provincia de Neuquén: Preservación, defensa y mejoramiento del ambiente en el territorio de la Provincia de Neuquén.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

FUNDAMENTOS

 

La Constitución Nacional versa en su artículo 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo (…)".

 

La ley 25675, establece, entre otros, que la política ambiental nacional deberá “Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo”, así como “Establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental”.

 

 

 

 

La ley 1875 de la Provincia de Neuquén, establece que son funciones de la misma: “f) La protección, defensa y mantenimiento de áreas y monumentos naturales, refugios de la vida silvestre, reservas forestales, faunísticas y de uso múltiple, cuencas hídricas protegidas, áreas verdes de asentamiento humano, y cualquier otro espacio físico que conteniendo flora y fauna nativas o exóticas, requieren un régimen de gestión especial”; y “La prevención y control de factores, procesos, actividades o componentes del medio que ocasionan o pueden ocasionar degradación al ambiente, a la vida del hombre y a los demás seres vivos”, entre otras.

 

Como es de público conocimiento, el 19 de octubre a medianoche, comenzó un derrame en Vaca Muerta, específicamente en el área de Bandurria Sur, siendo cerrado recién 36 horas después. El derrame de crudo y lodo se propagó de manera directa sobre las 8 hectáreas que circunscriben el campamento de la petrolera. El efecto spray del derrame, sumado al viento, generaron que la materia viscosa alcanzara además otras 37 hectáreas.

 

La formación Vaca Muerta tiene una superficie de 30 mil kilómetros cuadrados; de ellos, YPF tiene la concesión de 12 mil. El derrame ocurrió en el yacimiento Bandurria Sur, más específicamente en la “Caverna 26”, yacimiento que opera la mencionada empresa. Era un pozo exploratorio, en plena etapa de perforación. El pozo en cuestión se ubica a 11 kilómetros de Añelo y a 100 de la capital neuquina. Si bien existen antecedentes de derrames en la provincia de Neuquén, siempre han sido en menor escala.

 

Como exponen diversos medios de comunicación, los integrantes de comunidades originarias que residen en la zona del derrame de petróleo de Vaca Muerta denuncian que las situaciones problemáticas con YPF por la extracción del combustible se repiten semanalmente, pero no trascienden públicamente. La falta de información y el hermetismo que rodea la actividad de Vaca Muerta, impide que se conozca fehacientemente la cantidad real de accidentes, derrames y explosiones que se producen. Tampoco hay acceso público a estudios de impacto ambiental, por lo cual, por un lado se desconoce que se hayan realizado, y por otro lado, no se sabe a ciencia cierta el impacto que genera la actividad hidrocarburífera en la zona.

 

 

Si bien desde el gobierno neuquino se prevé una multa para la empresa responsable, en este caso YPF, que ascendería a los 28 millones de pesos, y sería la sanción económica más grande en la historia de la industria carburífera impuesta por la provincia para un incidente por razones ambientales, creemos aun más importante que la empresa nos informe la política de saneamiento que se llevará adelante para remediar los daños ambientales generados por el derrame. En este sentido, solicitamos al Presidente del Directorio de YPF, señor Miguel Ángel Gutiérrez, nos informe al respecto.

 

 

AUTORES: Concejales Cristina Painefil, Gerardo Ávila, Diego Benítez, Carlos Sánchez y Puente, Claudia Contreras, Julia Fernández, Viviana Gelain, (JSB).

 

 

COLABORADORA: Florencia Secchiaro.

 

 

El proyecto original N.º 1059/18 fue aprobado en la sesión del día 22 de noviembre de 2018, según consta en el Acta N.º 1107/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita al Presidente del Directorio de YPF, señor Miguel Ángel Gutiérrez, nos informe la política de saneamiento que se llevará adelante para remediar los daños ambientales generados por el derrame producido en Vaca Muerta el 19 de octubre de 2018.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.