COMUNICACIÓN N.º 952-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA PODER EJECUTIVO NACIONAL, MINISTERIO DE HACIENDA, GARANTICE PAGO FONDO SOJERO A PROVINCIAS.

 

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Decreto 206/2009: Creación del Fondo Federal Solidario.

 

Decreto 243/2009: Unidad Ejecutora del Fondo Federal Solidario. Integración del Fondo Federal Solidario.

 

Resolución de la Secretaría de Hacienda 65/09: Adhesión de todas las provincias al Fondo Federal Solidario.

 

Resolución Conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio del Interior y Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios 157/09, 20/09 y 313/09: Funciones de la Unidad Ejecutora del Fondo Federal Solidario.

 

Resolución Conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio del Interior y Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios 157/09, 25/09 y 1735/09: Procedimiento para la regulación de la información que deben suministrar las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectos de realizar el pertinente control de destino de los fondos provenientes del régimen previsto en el decreto 206/09.

 

Resolución Conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio del Interior y Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios 184/10, 5/10 y 639/10: Fíjase la fechas límite para la presentación de la información que deben proporcionar las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Unidad Ejecutora del Fondo Federal Solidario.

 

Constitución Provincial.

 

Decreto Provincia de Río Negro 82/09. Adhesión decreto 206/2009.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2119-CM-10: Establecer sistema de control y seguimiento de inversiones financiadas por el Fondo Federal Solidario.

 

Resolución 00000024-2010. Poder Ejecutivo Municipal.

 

Ordenanza 2923-CM-17: Se aprueba Presupuesto Municipal 2018. Partida presupuestaria Nº 1.1.07.31.231.

 

 

FUNDAMENTOS

 

En 2009, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 206/09, creó el Fondo Federal Solidario (FOFESO), conocido comúnmente como “Fondo Sojero”. Dicho acto fue impulsado con el objeto de financiar obras que contribuyan a mejorar la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos tanto urbanos como rurales de las provincias y municipios.

 

El FOFESO se compone por el 30% de los montos recaudados en concepto de derecho de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados. Este fondo tiene una clara finalidad solidaria de reparto de recursos de origen federal, destinados para refuerzo de los presupuestos de infraestructura en las provincias y cada uno de los municipios de aquellas que adhirieron, además de contribuir a la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.

 

Cabe señalar que en la ley 27341 que aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, se amplió el objeto para el uso del FOFESO, habilitando el financiamiento de “infraestructura e inversión productiva”, lo cual abrió la posibilidad de financiar proyectos de desarrollo para la formalización de actividades productivas, la creación y fortalecimiento de empresas privadas y el aumento del empleo privado.

 

Río Negro, expresó su adhesión a dicha norma en el mes de marzo de 2009 mediante el decreto 82/09 del Poder Ejecutivo Provincial, tornándose de esta manera beneficiaria del citado fondo y posteriormente mediante resolución 24-2010, el intendente de entonces de la ciudad de San Carlos de Bariloche adhirió expresamente a las disposiciones establecidas tanto por el Ejecutivo provincial como por el nacional.

 

Desde entonces, tanto nuestra Provincia como Municipio, han recibido un porcentaje de los montos recaudados en concepto de derecho de exportación de soja; para la financiación de obras que contribuyen a la mejora de infraestructura de carácter social.

 

Ahora bien, en el último periodo, producto entre otros factores en la quita de retenciones del sector sojero, se ha visto disminuida la recaudación del Fondo y por consiguiente lo que finalmente reciben las diferentes jurisdicciones provinciales y municipales. En lo que va del ejercicio 2018 las diferentes quitas han significado aproximadamente un 68% menos respecto a los aportes registrados desde enero de 2017.

 

Esto se profundiza aun más, con la situación actual, en la que el Ministerio de Hacienda ha anunciado públicamente que se eliminará el Fondo Federal Solidario a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, lo cual significa que los distritos dejarán de percibir 35.000 millones de pesos entre el mes en curso y diciembre de 2019, lo cual da cuenta, una vez más, de las medidas que se están tomando en torno a una política de ajuste fiscal, que afecta a 2000 municipios y 24 provincias.

 

En esta línea, tomando los datos del portal oficial del Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro y de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, los recursos ingresados a la Provincia por el FOFESO en 2017 fueron de 876.610.889 pesos, de los cuales un porcentaje se coparticipó automáticamente a los municipios y por lo cual San Carlos de Bariloche recibió aproximadamente 29.000.000 pesos, aporte significativo en términos de posibilidades de realización y terminación de obras públicas de infraestructura para el desarrollo local.

 

Con esta nueva medida del Gobierno Nacional, en donde se elimina el concepto de coparticipación, Río Negro perderá alrededor de unos 400 millones de pesos en la proyección de lo que resta del año y tomando de base la evolución percibida en concepto de FOFESO unos 900 millones el año próximo. Con lo cual se ponen en juego aspectos sensibles de funcionamiento ya que se trata de medidas que impactan e inciden directamente en la población

 

En función de lo expuesto, la presente comunicación solicita al Poder Ejecutivo Nacional, que se garantice la continuidad del pago del Fondo Federal Solidario a las provincias y municipios que adhirieron al decreto 206/2009 y se garantice el reparto del 30% de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados.

 

AUTORES: Concejales Gerardo Ávila, Julia Fernández, Claudia Contreras, Diego Benítez, Viviana Gelain, Carlos Sánchez y Puente y Cristina Painefil. (JSB).

 

COLABORADORA: Romina Molina.

 

 

El proyecto original N.º 951/18 fue aprobado en la sesión del día 23 de agosto de 2018, según consta en el Acta N.º 1102/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional, al Ministerio de Hacienda y al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, el rechazo a la eliminación del Fondo Federal Solidario y se solicita se garantice en tiempo y forma los pagos a las jurisdicciones provinciales y municipales que adhirieron oportunamente al Decreto PEN 206/2009, y al reparto establecido del 30% de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y derivados.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.