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San Carlos de Bariloche, 12 de Junio del año 2006.

 

A:      Presidente Concejo Deliberante

         Dn. Marcelo CASCON

         Concejo Municipal

         Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

De:    Asesoría Letrada

Concejo Municipal

         Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

Ref.: Solicitud de Dictamen proyecto que tramita bajo Expediente n° 612/06. “Guía de Drenaje Pluvial Urbano de San Carlos de Bariloche”.

 

         I.

         Vienen las presentes a despacho de esta Asesoría Letrada a efectos de emitir Dictamen del proyecto que hubo sido presentado por el Concejal Dn. Fernando MARTIN que tramita bajo el número de expediente indicado en el acápite.

 

         Que de las actuaciones resulta que se pretende mediante una normativa municipal crear una GUIA DE DRENAJE PLUVIAL URBANO a fines de que sirva como instrumento técnico para la aplicación del CODIGO DE EDIFICACIONES, en particular para las instalaciones complementarias.

 

         Que para ello se modifica el Código de Edificaciones, incorporando y/o ampliando el artículo 2.6.1.4 bajo el rótulo Drenaje Pluvial.

 

         Que los artículos 63º y 64º de la COM confieren facultades normativas en el sentido propuesto.

 

         Que la regulación es una arista propia de la organicidad de los Estados, y que de ningún modo esto puede ser entendido como restricción y/o anulación de los derechos conferidos en términos constitucionales, por caso derecho de propiedad y/o empresa de los administrados.

 

         Que en el texto legislativo propuesto se aconseja incorporar en el artículo 3ro. la siguiente frase: “Incorporase el como inciso 4to. del artículo 2.6.1 del Código de Edificaciones el siguiente texto: Instalaciones de Drenaje Pluvial: . . . . . . . . eliminándose la palabra: “AMPLIESE . . . 

 

         Que los anexos deberán ser impresos y acompañados al proyecto de ordenanza para su, tratamiento y posterior (de resultar aprobado) remisión al Poder Ejecutivo a fines de su promulgación, publicación y reglamentación.

 

         Que corresponde en las presentes realizar el control de legalidad del proyecto obrante en estas actuaciones a fines de proceder por medio del Concejo Municipal en los términos del artículo n° 17 inciso 1ro de la Carta Orgánica Municipal.

 

         Que por último cabe advertir la mayoría especial requerida por la COM para la sanción del presente texto normativo (2/3 de los presentes).

 

         II.

         En virtud de que la legalidad, legitimidad y conveniencia del proyecto han sido plasmados en el mismo, no existen objeciones de esta Asesoría.

 

         Mi Dictamen. 

 

 

 

 

Dictamen N°  513/06 A.L.C.M.