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San Carlos de Bariloche,  06 de Febrero del año 2006.

 

A:        Presidente Concejo Deliberante

            Dn. Marcelo CASCON

            Concejo Municipal

            Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

De:     Asesoría Letrada

Concejo Municipal

            Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

Ref.:  Dictamen formulado en el proyecto n° 574/05. “Regularización Dominial Ocupantes Bº 10 de Diciembre”.

 

 

                        I.

                        Vienen las presentes a despacho de esta Asesoría Letrada a efectos de emitir Dictamen sobre el proyecto que hubo sido presentado por el Sr. Intendente Municipal Don Alberto Gabriel ICARE (artículo n° 25° inciso 10mo COM) y la Sra. Secretaria de Promoción Social y Juventud Doña Beatriz Norma IPARRAGUIRRE, que tramita bajo el número de expediente indicado en el acápite.

 

                        Que corresponde en las presentes realizar el control de legalidad.

 

                        Que la Carta Orgánica Municipal prevé en su Capítulo VI la posibilidad jurídica de formular la variación dominial pretendida.

 

                        Que el fin social perseguido por el proyecto queda reservado a la voluntad del legislador; autónoma y soberana.

 

                        Que la eventual modificación del Régimen Urbanístico requerirá la mayoría especial de votos prevista por el artículo 63º de la COM (2/3 de los presentes).

 

                        Que la esfera del Poder Ejecutivo tiene funciones propias e indelegables, siendo que toda resolución administrativa inherente a la ejecución del fin perseguido es competencia exclusiva del Departamento Ejecutivo Municipal (art. 25 inciso 1º y 3° COM) en el marco de la sanción del “nuevo texto reformulado”.

 

                        Que producto de un análisis de factibilidad técnica en la ejecución, sucintado entre los titulares de ambos poderes del Estado Municipal, en conjunto con los equipos especializados en la materia (Planeamiento, Obras, Acción Social y Legales), se ha acordado ACONSEJAR el siguiente nuevo texto:

 

ORDENANZA

 

Art. 1) DESAFECTAR del dominio público Municipal las parcelas cuya denominación catastral reza: NC 19-2-E-186 01 a 21, NC 19-2-E-186 25 a 29 y NC 19-2-E-196 02 a 27, las que pasarán al DOMINIO PRIVADO municipal en base a los objetivos establecidos en la presente Ordenanza.

 

Art. 2) UNIFICAR en una parcela catastral los inmuebles referidos en el artículo precedente.

 

Art. 3) AFECTAR la parcela unificada al proyecto de regularización del Barrio 10 de Diciembre (según Anexo 1 –Extensión socio-geográfica-).

 

Art. 4) DECLARAR de interés social la parcela individualizada en el artículo 2º de la presente y las futuras eventuales particiones que catastralmente sufra la misma.

 

Art. 5) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido Archívese.

 

                                                                                  

                        III.

                        En virtud de que lo expuesto, la legalidad, legitimidad y conveniencia lucen adecuadamente plasmadas a criterio de esta Asesoría Letrada.

 

                        Mi Dictamen. 

 

 

Federico Lutz

     Abogado

Asesoría Letrada

Concejo Municipal

 

 

Dictamen 464/06 A.L.C.M.