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San Carlos de Bariloche, 20 de Enero del año 2006.

 

 

A:        Presidente Concejo Deliberante

            Dn. Marcelo CASCON

            Concejo Municipal

            Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

De:     Asesoría Letrada

Concejo Municipal

            Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)

 

 

Ref.:  Dictamen formulado en el proyecto n° 566/2005. “Aprobar Convenio de Comodato entre la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y la Junta Vecinal Colonia Suiza”.

 

 

                        I.

                        Vienen las presentes a despacho de esta Asesoría Letrada a efectos de emitir Dictamen sobre el proyecto que hubo sido presentado por el Sr. Intendente Municipal Don A. G. ICARE, que tramita bajo el número de expediente indicado en el acápite.

 

                        Que corresponde en las presentes realizar el control de legalidad del convenio de COMODATO en los términos del artículo n° 17 inciso 7mo de la Carta Orgánica Municipal, con el objetivo de que aprobar el avance desde el Poder Ejecutivo bajo el amparo del artículo n° 25° inciso 13ro. del mismo orden normativo.

                       

                        II.

                        Que el convenio bajo análisis no posee obligaciones económicas de gran entidad a cargo del Erario Municipal en caso de cumplirse en un todo.

 

                        Que las responsabilidades por incumplimientos están en cabeza del Poder Ejecutivo Municipal, estamento del Estado que remite el proyecto para su tratamiento, circunstancia que infiere su capacidad de cumplimiento.

 

                        Que se aconseja la máxima precaución jurídica para la ejecución contractual de las facultades previstas en la cláusula TERCERA (cesión) en atención a los antecedentes obrantes en esta Cuerpo Deliberante.

 

                        III.

                        En virtud de que lo expuesto, la legalidad, legitimidad y conveniencia lucen adecuadamente plasmadas a criterio de esta Asesoría Letrada.

 

                        Mi Dictamen. 

 

 

 

DICTAMEN N° 457/06  A.L.C.M.