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Así lo establece el proyecto de ordenanza elaborado por la edil Elena Welleschik, aprobado en la última sesión del cuerpo legislativo.

Los concejales aprobaron el proyecto de ordenanza de la edil Elena Welleschik (UCR)  que plantea  la eliminación de las barreras físicas urbanas y arquitectónicas que limiten la integración y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad.

Para ello, el Ejecutivo Municipal deberá elaborar un Programa Integral de Eliminación Progresiva de Barreras Físicas Urbanas y Arquitectónicas en un plazo no mayor de 90 días de sancionada la presente ley, considerando los parámetros establecidos en la Ley Nacional 22431, que instituye el Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad y su reglamentación de los art. 20,21 y 22 a través del Decreto 914/97.

Entre otros de los puntos se establece que, este programa contendrá “como mínimo un diagnóstico, una propuesta proyectual, programática y un cronograma de tiempos de ejecución, adecuándose a las características físicas del territorio de San Carlos de Bariloche”.

Por otro lado, especifica algunos criterios técnicos que se deberán contemplar para realizar las adaptaciones necesarias que incluyen itinerarios peatonales, accesibilidad a costas, escaleras y rampas, en parques, jardines y plazas, estacionamientos, señales verticales y elementos urbanos varios, obras en la vía pública, edificios públicos, estaciones de transportes, entre otros.

Con relación a la accesibilidad a los edificios de la administración pública, Terminal de Ómnibus y paradas de transporte público de pasajeros, la ordenanza aprobada, establece que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche deberá proceder a la construcción de rampas de acuerdo a los criterios dispuestos en el art 3, “en un plazo no mayor a 90 días desde la presentación del Programa Integral de la Eliminación Progresiva de Barreras Físicas Urbanas y Arquitectónicas”.

Para la financiación de este programa se habilita al Ejecutivo Municipal, a través de la Unidad Ejecutora del Fondo Federal Sojero, a destinar las partidas presupuestarias correspondientes de

dicho Fondo.

La iniciativa promueve   la realización de convenios con los Colegios de Arquitectos e Ingenieros, o cualquier organismo a fin para contribuir en el cumplimiento de esta ordenanza.